Ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para el equipamiento y la implantación de nuevos servicios y tecnologías en las bibliotecas públicas

 23/03/2023
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Extracto de la Orden 305/2023, de 9 de marzo, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para el equipamiento y la implantación de nuevos servicios y tecnologías en las bibliotecas públicas correspondiente a 2023 (BOCAM de 22 de marzo de 2023). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN 305/2023, DE 9 DE MARZO, DE LA CONSEJERA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE, POR LA QUE SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A MUNICIPIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL EQUIPAMIENTO Y LA IMPLANTACIÓN DE NUEVOS SERVICIOS Y TECNOLOGÍAS EN LAS BIBLIOTECAS PÚBLICAS CORRESPONDIENTE A 2023.

BDNS (Identif.): 681669

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Beneficiarios.-Municipios con población comprendida entre los 1.500 y los 250.000 habitantes, que cuenten con un centro bibliotecario de titularidad municipal o con un proyecto para su creación y que además cumplan el resto de requisitos indicados en la convocatoria.

Segundo. Objeto.-El equipamiento y la implantación de nuevos servicios y tecnologías en las bibliotecas públicas municipales. La convocatoria de 2023 se limita a las siguientes líneas de actuación:

- 200.000 euros para mobiliario y dotación de equipos informáticos con destino a bibliotecas de nueva creación y a bibliotecas para las que exista un proyecto de ampliación, remodelación o traslado.

- 30.000 euros para bienes de inversión consistentes en equipamiento, dispositivos, dotación tecnológica y materiales para la puesta en marcha de nuevos servicios bibliotecarios, así como para la modernización tecnológica de las bibliotecas en funcionamiento y para la mejora de la gestión de los procesos bibliotecarios.

- 70.000 para la dotación de mobiliario y equipamiento para centros en funcionamiento con el objetivo de adecuar el equipamiento de instalaciones que, disponiendo de una infraestructura suficiente y necesaria, proyecten la modernización de su distribución funcional, de acuerdo con las Recomendaciones Técnicas de la Subdirección general competente en materia de bibliotecas.

Tercero. Bases reguladoras.-Orden 2352/2022, de 29 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 288, de 3 de diciembre de 2022; corrección de errores BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 57, de 8 de marzo de 2023).

Cuarto. Cuantía.-300.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.-Catorce días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Relaciones entre Comunidad de Madrid e interesados.-1. La Administración se relacionará de forma electrónica con los interesados, por lo que las notificaciones se realizarán a través de medios electrónicos. A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, disponible en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid ( sede.comunidad.madrid ) o en el portal corporativo de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).

2. Las sucesivas notificaciones, relativas a los actos integrantes del procedimiento de concesión, se publicarán en la página web: http://gestionesytramites.madrid.org

Séptimo. Pago de la subvención y justificación.-1. El pago de la subvención se efectuará con posterioridad a la justificación de la aplicación de los fondos al fin para el que se concedió la ayuda y la aportación de la totalidad de documentos indicados en la orden de la convocatoria.

2. El plazo para la presentación de la documentación justificativa de la subvención finaliza el 30 de septiembre de 2023.

Octavo. Otros datos.-Los proyectos a subvencionar deberán haberse realizado en el período comprendido entre el 1 de octubre de 2022 y el último día de justificación de la subvención.

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