Modelos de actas a utilizar por las Juntas Electorales

 01/03/2023
 Compartir: 

Resolución de 21/02/2023, de la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa, por la que se procede a la publicación del Acuerdo de 16/02/2023, de la Junta Electoral Central, sobre modelos de actas a utilizar por las Juntas Electorales y por las Mesas Electorales en las elecciones a las Cortes de Castilla-La Mancha y en las elecciones a las entidades de ámbito territorial inferior al municipio de Castilla-La Mancha de 28/05/2023 (DOCM de 28 de febrero de 2023). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 21/02/2023, DE LA VICECONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, POR LA QUE SE PROCEDE A LA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DE 16/02/2023, DE LA JUNTA ELECTORAL CENTRAL, SOBRE MODELOS DE ACTAS A UTILIZAR POR LAS JUNTAS ELECTORALES Y POR LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A LAS CORTES DE CASTILLA-LA MANCHA Y EN LAS ELECCIONES A LAS ENTIDADES DE ÁMBITO TERRITORIAL INFERIOR AL MUNICIPIO DE CASTILLA-LA MANCHA DE 28/05/2023.

Mediante Acuerdo adoptado por la Junta Electoral Central, en sesión del día 16 de febrero de 2023, se aprobaron los modelos de actas a utilizar por las Mesas y Juntas Electorales en las elecciones a las Cortes de Castilla-La Mancha y en las elecciones a las entidades de ámbito territorial inferior al municipio de Castilla-La Mancha de 28 de mayo de 2023, y dando cumplimiento a lo establecido en el mismo, por la presente Resolución se ordena la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de la trascripción literal del citado Acuerdo, que se inserta como anexo.

Anexo

La Junta Electoral Central, en sesión del día de la fecha, ha adoptado el acuerdo que se transcribe respecto del asunto de referencia.

Expte. 261/407

Autor: Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Modelos de actas a utilizar en las elecciones a las Cortes de Castilla-La Mancha y en las elecciones a las entidades de ámbito territorial inferior al municipio de Castilla-La Mancha, a celebrar el 28 de mayo de 2023.

Acuerdo:

1.- En relación con los modelos de actas a utilizar en las elecciones a las Cortes de Castilla-La Mancha, aprobar, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.1.g) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, a propuesta de la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, los modelos de actas a utilizar por las Mesas electorales: de escrutinio y de sesión; y los modelos de actas a utilizar por las Juntas Electorales: de constitución, de escrutinio, de sesión del escrutinio general y de proclamación de electos, así como los modelos de actas de constitución y de escrutinio del voto de los residentes ausentes en el extranjero, con la siguiente observación:

Para dar cumplimiento a la nueva redacción del artículo 75.14 Loreg es necesario modificar el acta de escrutinio para la votación de los residentes ausentes en el extranjero, a fin de posibilitar la publicidad de los datos del voto recibido en cada Junta Electoral Provincial desglosados por consulado de emisión. A tal efecto, se remite el modelo que ha confeccionado el Ministerio del Interior, el cual se ajusta a la normativa vigente, si bien debe constar la firma de los asistentes al escrutinio del voto CERA en cada página del acta.

En relación con el acta para el funcionario consular y su anexo, al tratarse de documentación común en caso de concurrencia electoral, deberá utilizarse el modelo elaborado por el Ministerio del Interior, que incluye igualmente un anexo para hacer públicos los datos del voto de las personas españolas residentes en el extranjero remitido por cada consulado desglosados por provincias.

2.- Asimismo, aprobar, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.1.g) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, a propuesta de la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, los modelos de actas a utilizar en las elecciones a entidades de ámbito territorial inferior al municipio de Castilla-La Mancha por las Mesas electorales: de escrutinio y de sesión; y los modelos de actas a utilizar por las Juntas Electorales: de constitución, de escrutinio, de sesión y de proclamación.

No obstante, ha de incluirse en el encabezamiento de todas las actas, el proceso electoral y el año en que se celebra (elecciones a entidades de ámbito territorial inferior al municipio 2023).

3.- Trasladar el presente acuerdo a la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que ordenará la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  4. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  7. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  8. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  9. INAP: Matinal de la Escuela de Alta Dirección Pública del Estado
  10. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana