Contratación de educadores y educadoras ambientales en las entidades locales

 01/03/2023
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Extracto de la Resolución de 20 de febrero de 2023, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se convoca a las entidades locales ayudas para la contratación de educadores y educadoras ambientales en las entidades locales, en el marco del Plan integral de residuos en la Comunitat Valenciana, para el ejercicio de 2023 (DOGV de 28 de febrero de 2023). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 20 DE FEBRERO DE 2023, DE LA CONSELLERA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, EMERGENCIA CLIMÁTICA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA, POR LA QUE SE CONVOCA A LAS ENTIDADES LOCALES AYUDAS PARA LA CONTRATACIÓN DE EDUCADORES Y EDUCADORAS AMBIENTALES EN LAS ENTIDADES LOCALES, EN EL MARCO DEL PLAN INTEGRAL DE RESIDUOS EN LA COMUNITAT VALENCIANA, PARA EL EJERCICIO DE 2023.

BDNS (identif.): 677904.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/677904).

Primero. Objeto

El objeto de esta resolución es convocar en régimen de concurrencia competitiva las subvenciones destinadas a la financiación de la contratación de educadoras y educadores para la formación, información, difusión y sensibilización a los ciudadanos y a empresas generadoras de residuos, en la gestión de los residuos domésticos de acuerdo con la Orden 19/2021, de 4 de octubre de 2021, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica.

Segundo. Entidades beneficiarias

1. Serán entidades beneficiarias de las ayudas reguladas por las presentes bases las entidades locales de la Comunitat Valenciana que, en virtud de la Ley 7/2022 y de la Ley de residuos de la Comunitat Valenciana (Ley 5/2022), presten, como servicio obligatorio, la recogida, el transporte y el tratamiento de los residuos domésticos generados en los hogares, comercios y servicios de sus respectivos ámbitos territoriales.

2. Las ayudas podrán ser solicitadas por las entidades locales que presten tales servicios bien de forma independiente (municipios) o mediante asociación de varias entidades locales (áreas metropolitanas, mancomunidades, o diputaciones provinciales) de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril , reguladora de las bases del régimen local, y en el artículo 12.5 de la Ley 7/2022.

3. También se considerarán entidades beneficiarias de las ayudas los consorcios y entidades metropolitanas constituidos para la ejecución de los planes zonales de residuos establecidos en el PIRCV y en las órdenes de aprobación de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.3 de la Ley de residuos CV y en el artículo 108 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de régimen local de la Comunitat Valenciana (en adelante Ley régimen local CV).

4. Asimismo, podrán ser beneficiarias de las ayudas las diputaciones provinciales, en virtud de las competencias que tienen atribuidas en virtud del artículo 7 de la Ley de residuos CV y en el artículo 50 de la Ley régimen local CV.

Tercero. Bases reguladoras

Orden 19/2021, de 4 de octubre, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la contratación de educadoras y educadores ambientales en las entidades locales, en el marco del Plan integral de residuos de la Comunitat Valenciana (DOGV 9194 de 14.11.2021).

Cuarto. Cuantía

1. El Importe global máximo de la convocatoria será de 442.476,97 € y se financiará con cargo al crédito de la línea de subvención S8491000, del capítulo IV del programa presupuestario 442.50 Calidad y educación ambiental, con cargo a los presupuestos de 2023.

2. El número de ejercicios a los cuales se aplicará el gasto será de una anualidad.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes de ayuda se presentarán, vía telemática, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Calidad y Educación Ambiental.

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