Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo

 14/02/2023
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Resolución de 16 de enero de 2023, de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba, por la que se declara la finalización de disponibilidad presupuestaria para la concesión de subvenciones de la Línea 1, Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, regulada en la Orden de la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad, de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo, convocada mediante Resolución de 13 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social (BOJA de 13 de febrero de 2023). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 16 DE ENERO DE 2023, DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO EN CÓRDOBA, POR LA QUE SE DECLARA LA FINALIZACIÓN DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE LA LÍNEA 1, ESTABILIZACIÓN DE LA INICIATIVA EMPRENDEDORA EN EMPRESAS DE TRABAJO AUTÓNOMO, REGULADA EN LA ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE CONOCIMIENTO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDAD, DE 21 DE SEPTIEMBRE DE 2018, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA DE EMPRENDIMIENTO, SEGUNDA OPORTUNIDAD Y ESTABILIZACIÓN ECONÓMICA DE LAS EMPRESAS DE TRABAJO AUTÓNOMO, CONVOCADA MEDIANTE RESOLUCIÓN DE 13 DE MAYO DE 2022, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO AUTÓNOMO Y ECONOMÍA SOCIAL.

Examinadas, por el Servicio de Economía Social y Autónomos de esta Delegación Territorial, las solicitudes de ayudas de la Línea 1, Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, presentadas al amparo de la Orden de 21 de septiembre de 2018 (BOJA número 187, de 26 de septiembre), por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo, modificada por la Orden de 27 de junio de 2019 (BOJA número 124, de 1 de julio), se constatan los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 27 de mayo de 2022 se publica, en BOJA núm. 100, la Resolución de 13 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la Línea 1, Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, regulada en la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo, abriéndose el plazo de presentación de solicitudes, según lo dispuesto en el apartado séptimo de la resolución.

Segundo. En el resuelve tercero de la referida resolución, se acuerda la distribución territorial de los créditos disponibles, correspondiendo a la provincia de Córdoba los siguientes:

Tercero. Realizada la instrucción y resolución de las solicitudes, siguiendo el orden correlativo de entrada en el registro electrónico de esta Administración, por el órgano competente para su tramitación, correspondientes a la Línea 1, Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, se comprueba que, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación, siendo el 30 de septiembre de 2022, señalado en el resuelve séptimo de la Resolución de 13 de mayo de 2022, se ha alcanzado el límite de las consignaciones presupuestarias asignadas en cada una de las medidas señaladas, con el número de solicitud y a la fecha y hora siguientes:

A los referidos antecedentes son de aplicación los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para ordenar, instruir y resolver el presente procedimiento corresponde, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.1 y el apartado segundo de la disposición adicional única de la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio , sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 155/2022, de 9 de agosto , por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre , por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, a la persona titular de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de Córdoba.

Segundo. El artículo 31 de la Orden de 21 de septiembre de 2018, señala en su punto 4 que, en el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes se agotara el crédito establecido en la convocatoria, se hará público en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, mediante resolución del órgano competente para resolver.

Tercero. El artículo 34 de la Orden de 21 de septiembre de 2018 establece en su primer punto que, en lo referente a la concesión de las subvenciones reguladas en los Capítulos II, III, IV y V, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la instrucción y resolución de las solicitudes se efectuará siguiendo el orden correlativo de entrada en el registro electrónico del órgano competente para su tramitación, hasta el límite de la consignación presupuestaria. La finalización de la disponibilidad presupuestaria se hará pública en la web de la Consejería competente en materia de trabajo autónomo, mediante resolución del órgano competente para resolver.

Cuarto. El resuelve séptimo de la Resolución de 13 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, establece que las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente a aquel en que se publique, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta el 30 de septiembre de 2022.

En el supuesto de que antes de finalizar el mencionado plazo se agotase la consignación presupuestaria, se hará público en la forma establecida en el artículo 31.4 de la Orden de 21 de septiembre de 2018, para la publicidad de las subvenciones, mediante resolución del órgano competente para resolver.

Vistos los artículos citados, y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial

RESUELVE

Primero. Declarar la finalización de la consignación presupuestaria que, para las ayudas de la Línea 1, Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, fue asignada a esta Delegación Territorial por la Resolución de 13 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en dicha resolución, con el número de solicitud y a la fecha y hora señaladas en el antecedente de hecho tercero para cada una de las medidas convocadas.

Segundo. Publicar la presente resolución por la que se declara la finalización de las disponibilidades presupuestarias para la concesión de las subvenciones correspondientes al Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo, Línea 1, Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, regulada en la Orden de 21 de septiembre de 2018.

Córdoba, 16 de enero de 2023.- La Delegada, M.ª Dolores Gálvez Páez.

“La presente publicación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del art. 31 de la Orden de 21 de septiembre de 2018, de la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo.”

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