Subvenciones para planes formativos de entidades locales del Principado de Asturias en el marco de AFEDAP 2023

 11/01/2023
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Extracto de la Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para planes formativos de entidades locales del Principado de Asturias en el marco de AFEDAP 2023 (BOPA de 10 de enero de 2023). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 28 DE DICIEMBRE DE 2022, DE LA CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA PLANES FORMATIVOS DE ENTIDADES LOCALES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS EN EL MARCO DE AFEDAP 2023.

BDNS (Identif.): 667254.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/667254).

Primero.-Beneficiarios:

Ayuntamientos y demás entidades locales del Principado de Asturias reconocidas en el art. 3 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, la Federación Asturiana de Concejos y las federaciones o asociaciones de entidades locales legalmente constituidas (disposición adicional 5.ª de la Ley 7/1985 , reguladora de las Bases de Régimen Local).

Segundo.-Objeto:

Concesión de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación en la Administración Local del Principado de Asturias en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP) durante el ejercicio 2023.

Tercero.-Bases Reguladoras:

Resolución de 25 de mayo de 2016, de la Consejería de Hacienda y Sector Público, publicada en el BOPA n.º 139 de 16 de junio de 2016.

Cuarto.-Importe de las subvenciones:

Asciende a 224.090,00 euros.

Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes:

15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta Resolución en el BOPA, cumplimentándose de forma electrónica a través del portal FEDAP: https://fedap-asturias.inap.es

Sexto.-Plazo de justificación de la subvención:

15 de diciembre de 2023.

Séptimo.-Pago de la subvención:

Se podrá hacer en dos partidas: el 60% una vez acreditado el inicio de la actividad formativa por parte del promotor y el 40% restante una vez finalizada y justificada dicha actividad formativa.

Octavo.-Otros datos:

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio para las subvenciones para planes de formación en la Administración Local del Principado de Asturias en el marco del Acuerdo de Formación para las Administraciones Públicas (AFEDAP 2023), que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0194T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página), en la que encontrará el texto íntegro de la Resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.

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