Subvenciones por daños en infraestructuras municipales

 20/12/2022
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Extracto de la Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Política Territorial, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial previstas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de junio de 2022, en el que se declara Zona afectada gravemente por una emergencia de Protección Civil el territorio afectado como consecuencia de incendios forestales acaecidos en el mes de junio de 2022 (BOE de 20 de diciembre de 2022). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 15 DE DICIEMBRE DE 2022, DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE POLÍTICA TERRITORIAL, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE LAS SUBVENCIONES POR DAÑOS EN INFRAESTRUCTURAS MUNICIPALES Y RED VIARIA PROVINCIAL PREVISTAS EN EL ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS DE 27 DE JUNIO DE 2022, EN EL QUE SE DECLARA ZONA AFECTADA GRAVEMENTE POR UNA EMERGENCIA DE PROTECCIÓN CIVIL EL TERRITORIO AFECTADO COMO CONSECUENCIA DE INCENDIOS FORESTALES ACAECIDOS EN EL MES DE JUNIO DE 2022.

BDNS (Identif.): 664390.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/664390)

Primero.- Beneficiarios:

Se convocan las subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial, previstas en el apartado cuarto del Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de junio de 2022, en lo que se refiere a la declaración como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil efectuada respecto del territorio afectado por los incendios forestales acaecidos en el mes de junio de 2022, en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Castilla y León, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad Valenciana y Región de Murcia, que se relacionan en el anexo de la resolución de convocatoria.

Tendrán la consideración de entidades beneficiarias de las subvenciones las diputaciones provinciales y las comunidades autónomas uniprovinciales, cuyo territorio esté comprendido en el ámbito de aplicación de esta convocatoria; todo ello, sin perjuicio de la condición de interesado que corresponda a las entidades solicitantes.

Segundo.- Objeto:

Las subvenciones se destinarán a financiar los proyectos directamente relacionados con los siniestros detallados en el anexo de la resolución de convocatoria, que ejecuten los ayuntamientos, las diputaciones provinciales o las comunidades autónomas uniprovinciales, las comarcas y las mancomunidades, en los términos municipales y núcleos de población, relativos a las obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de la red viaria de las diputaciones provinciales, o en su caso, de las comunidades autónomas uniprovinciales, de los daños producidos por los episodios que motivaron la declaración de la zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, comprendidos en esta convocatoria.

Tercero. Plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes se formularán por las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la convocatoria, desde las 9:00 horas del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, hasta las 15:00 horas del día 26 de enero de 2023. Obligatoriamente se deberán cumplimentar y presentar de forma electrónica, a través de la aplicación informática "AURA - Subvenciones a EELL ante catástrofes naturales", accesible desde la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial https://sede.administracionespublicas.gob.es/ (Procedimientos - Subvenciones), seleccionando el apartado dedicado a esta convocatoria. Para ello, es preciso que los representantes legales de dichas entidades cumplan con los requisitos técnicos especificados en la mencionada aplicación.

Cuarto.- Bases reguladoras:

Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones que tengan por finalidad la ejecución de obras de reparación o restitución de: infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios de titularidad municipal y de las mancomunidades, consecuencia de catástrofes naturales, así como redes viarias de las diputaciones provinciales, cabildos, consejos insulares y comunidades autónomas uniprovinciales (publicada en el “BOE” núm. 37, de 12 de febrero de 2015).

Quinto.- Cuantía:

El importe total máximo de las subvenciones a que se refiere esta convocatoria es de 1.018.017,34 euros. La concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión en la aplicación presupuestaria 22.02.942A.767.02 de los Presupuestos Generales del Estado.

A los proyectos subvencionables les podrá conceder una subvención de hasta el 50 por ciento de su coste.

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