Registro de Operadores Comerciales de Frutas y Hortalizas Frescas

 28/11/2022
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Orden de 7 de noviembre de 2022, por la que se actualizan los Anexos I, II y III del Decreto 228/2011, de 5 de julio, por el que se regula el Registro de Operadores Comerciales de Frutas y Hortalizas Frescas de Andalucía y el control de conformidad con las normas de comercialización aplicables (BOJA de 25 de noviembre de 2022). Texto completo.

ORDEN DE 7 DE NOVIEMBRE DE 2022, POR LA QUE SE ACTUALIZAN LOS ANEXOS I, II Y III DEL DECRETO 228/2011, DE 5 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA EL REGISTRO DE OPERADORES COMERCIALES DE FRUTAS Y HORTALIZAS FRESCAS DE ANDALUCÍA Y EL CONTROL DE CONFORMIDAD CON LAS NORMAS DE COMERCIALIZACIÓN APLICABLES.

El Decreto 228/2011, de 5 de julio por el que se regula el Registro de Operadores Comerciales de Frutas y Hortalizas Frescas de Andalucía y el control de conformidad con las norma de comercialización aplicables tiene por objeto: a) Regular la estructura y el procedimiento de inscripción en el Registro de Operadores Comerciales de Frutas y Hortalizas Frescas de Andalucía (en adelante, Registro de Operadores Comerciales), b) Establecer el régimen jurídico de los Operadores autorizados para el uso de la etiqueta especificado en el artículo 12 del Reglamento de Ejecución (UE) núm. 543/2011, de la Comisión, de 7 de junio de 2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 1234/2007, del Consejo, en los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas. A efectos de evitar equívocos, respecto de la terminología utilizada en el sector de las frutas y hortalizas, la etiqueta será denominada, en adelante, adhesivo. c) Regular la realización de los controles de conformidad, de acuerdo con las normas de comercialización aplicables a las frutas y hortalizas frescas, previstas en el Reglamento de Ejecución (UE) núm. 543/2011, de la Comisión, de 7 de junio de 2011, cuando se destinen a su consumo en fresco, o cuando sean acondicionadas, envasadas y, en su caso, comercializadas en origen, en los tramos y desde la persona productora hasta los mercados mayoristas y centrales de distribución, inclusive y destinadas a mercados de la Unión Europea.

Con la publicación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre , de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre , de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, resulta necesario la adecuación y actualización de los modelos de solicitud incluidos como Anexos 1, 2 y 3 en el Decreto 228/2011, de 5 de julio .

En consecuencia, en uso de la competencia conferida en virtud de la disposición adicional segunda del Decreto 228/2011, de 5 de julio , que faculta a la persona titular de la Consejería competente en materia agraria para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo previsto en este decreto, y de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional octava del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre , y de la competencias recogidas en el artículo 7 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Artículo único. Actualización de los Anexos 1, 2 y 3 del Decreto 228/2011, de 5 de julio , por el que se regula el Registro de Operadores Comerciales de Frutas y Hortalizas Fresca de Andalucía y el control de conformidad con las norma de comercialización aplicables, quedando su nueva redacción tal y como figura en los Anexos I, II y III de la presente orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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