EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 21 DE NOVIEMBRE DE 2022, DE LA PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT, POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA EL AÑO 2022, SUBVENCIONES DESTINADAS AL SANEAMIENTO DE LOS AYUNTAMIENTOS DE LA COMUNITAT VALENCIANA EN ESPECIAL DIFICULTAD ECONÓMICO-FINANCIERA.
BDNS (identif.): 659944.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/659944
Primero. Personas beneficiarias
Ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que presenten un nivel de endeudamiento vivo superior al 110 % de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio 2021, en los términos dispuestos en el artículo 53 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo , y disposición final trigésima primera de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre , de presupuestos generales del Estado para el año 2013.
Segundo. Finalidad
Convocar, para el ejercicio 2022, las subvenciones destinadas al saneamiento de los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana en especial dificultad económico-financiera.
Tercero. Bases reguladoras
Decreto 32/2022, de 18 de octubre, del president de la Generalitat, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al saneamiento de los Ayuntamientos de la Comunitat Valenciana en especial dificultad económico-financiera.
https://dogv.gva.es/datos/2022/10/25/pdf/2022_9745.pdf
Cuarto. Importe
El importe global máximo para financiar estas subvenciones asciende a 1.050.000,00 euros, (Un millón cincuenta mil euros) con cargo al capítulo VII, línea de subvención S1075000, “Ayudas destinadas al saneamiento financiero de los municipios en especial dificultad económico-financiera”, del programa 05.05.02.125.10, Administración local y organización territorial del Consell, del presupuesto de la Generalitat para 2022.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Sexto. Otros datos
Será subvencionable a través del programa de subvenciones convocadas por la presente resolución, la reducción de capital vivo de operaciones de endeudamiento financiero a largo plazo formalizado con entidades bancarias y dispuesto siempre que se trate de amortizaciones no ordinarias.
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