Calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos en el año 2023

 24/11/2022
 Compartir: 

Resolución de 15/11/2022, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se determina el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos en el año 2023, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM de 23 de noviembre de 2022). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 15/11/2022, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, POR LA QUE SE DETERMINA EL CALENDARIO DE DÍAS INHÁBILES A EFECTOS DE CÓMPUTO DE PLAZOS ADMINISTRATIVOS EN EL AÑO 2023, EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dedica su artículo 30 al cómputo de plazos. Así, su apartado 2, establece que siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.

Con objeto de facilitar el conocimiento de dichos días, su apartado 7 regula el llamado calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos. Dispone que, además de la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas -con sujeción al calendario laboral oficial- fijarán, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos. En el caso de las Comunidades Autónomas comprenderá los días inhábiles de las Entidades Locales de su ámbito territorial, a las que será de aplicación. También establece que el calendario debe publicarse antes del comienzo de cada año en el diario oficial que corresponda, así como en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento generalizado.

Aprobado el calendario laboral para el año 2023 en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha por el Decreto 27/2022, de 19 de abril (“Diario Oficial de Castilla-La Mancha” del 26 ), procede fijar el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos en el año 2023 y ordenar su publicación, atribuciones que el Decreto 253/1999, de 28 de diciembre, por el que se regula el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos (“Diario Oficial de Castilla-La Mancha”, del 30) asignó -en su artículo 3- al Consejero de Administraciones Públicas, en la actualidad, a la persona titular de la consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.

En su virtud y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 253/1999, de 28 de diciembre, por el que se regula el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos (“Diario Oficial de Castilla-La Mancha” del 30), he resuelto:

Primero:

1. Serán inhábiles en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, a efectos del cómputo de plazos administrativos durante el año 2023, además de los sábados y los domingos, los días que seguidamente se relacionan:

6 de enero, Epifanía del Señor.

6 de abril, Jueves Santo.

7 de abril, Viernes Santo.

1 de mayo, Fiesta del Trabajo.

31 de mayo, Día de Castilla-La Mancha, en sustitución de la fiesta correspondiente al día 1 de enero, Año Nuevo.

8 de junio, celebración de la Fiesta del Corpus Christi en sustitución del descanso laboral correspondiente al 19 de marzo, San José.

15 de agosto, Asunción de la Virgen.

12 de octubre, Fiesta Nacional de España.

1 de noviembre, Día de Todos los Santos.

6 de diciembre, Día de la Constitución Española.

8 de diciembre, Inmaculada Concepción.

25 de diciembre, Natividad del Señor.

2. Además, se entenderán inhábiles en cada Entidad Local los días de sus respectivas fiestas locales aprobadas por la autoridad laboral, y publicadas en los correspondientes Boletines Oficiales de la Provincia.

Segundo:

1. La presente Resolución será publicada en el “Diario Oficial de Castilla-La Mancha” y en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades, cuya dirección electrónica de referencia es www.jccm.es.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  2. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Legislación: Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2026
  6. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  7. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  8. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  9. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  10. INAP: Todas las ofertas de empleo público, en el boletín semanal del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (del 16 al 22 de septiembre de 2026)

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana