Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico

 04/11/2022
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Decreto 189/2022, de 28 de octubre, del Consell, por el que se modifican el Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, por el que establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat y el Decreto 171/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico (DOCV de 3 de noviembre de 2022). Texto completo.

DECRETO 189/2022, DE 28 DE OCTUBRE, DEL CONSELL, POR EL QUE SE MODIFICAN EL DECRETO 105/2019, DE 5 DE JULIO, DEL CONSELL, POR EL QUE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DE LA PRESIDENCIA Y DE LAS CONSELLERIAS DE LA GENERALITAT Y EL DECRETO 171/2020, DE 30 DE OCTUBRE, DEL CONSELL, DE APROBACIÓN DEL REGLAMENTO ORGÁNICO Y FUNCIONAL DE LA CONSELLERIA DE HACIENDA Y MODELO ECONÓMICO.

PREÁMBULO

El Decreto 5/2019, de 16 de junio, del president de la Generalitat, determinó el número, la denominación y las atribuciones de las consellerias en que se organiza la Administración de la Generalitat. Esta norma organizativa fue completada, en cuanto a las secretarías autonómicas, por el Decreto 7/2019, de 20 de junio , del president de la Generalitat, por el que se determinan las secretarías autonómicas de la Administración del Consell, que ha sido modificado mediante el Decreto 11/2020, de 3 de septiembre, y mediante el Decreto 2/2022, de 10 de febrero, ambos del president de la Generalitat.

Por otro lado, el Decreto 105/2019, de 5 de julio , del Consell, estableció la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, con el objetivo de poder atender con eficacia las competencias asignadas a cada uno de los departamentos, que fue modificado mediante el Decreto 168/2020, de 30 de octubre, en lo que se refiere a la Secretaría Autonómica de Hacienda y a la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, al asignarles la intervención administrativa en materia de radio y televisión de competencia de la Comunitat Valenciana, y también modificó las funciones que ejerce la Dirección General de Función Pública.

La Ley 10/2018, de 18 de mayo , de la Generalitat, creó el Consell de l'Audiovisual de la Comunitat Valenciana con funciones de carácter administrativo en materia de radio y televisión de competencia de la Comunitat Valenciana. Esta ley establecía un régimen transitorio que ha finalizado con la puesta en funcionamiento del Consell de l'Audiovisual de la Comunitat Valenciana. Por ello, dadas las funciones asignadas al referido Consell de l'Audiovisual de la Comunitat Valenciana por la Ley 10/2018, las funciones administrativas de intervención en materia de radio y televisión pueden ser ejercidas ya por dicha entidad, sin perjuicio de la necesaria colaboración técnica y el asesoramiento que pueda prestar la conselleria competente en materia de tecnologías de la información y las telecomunicaciones.

De otro lado, la Ley 4/2021, de 16 de abril , de la Generalitat, de la función pública valenciana, modificada por el Decreto ley 12/2022, de 23 de septiembre, del Consell, atribuye a la Escola Valenciana d'Administració Pública (EVAP) las materias relativas a la selección y a la formación del personal empleado público, lo que requiere de una adaptación de las funciones atribuidas a la Dirección General de Función Pública.

En consecuencia, es procedente adoptar las medidas organizativas oportunas, para adecuar la estructura orgánica básica y el reglamento de organización y funcionamiento de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, a las circunstancias expresadas en los párrafos anteriores.

En virtud de lo expuesto, haciendo uso de las atribuciones conferidas en los artículos 28.f y 64 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell; a propuesta conjunta del president de la Generalitat, del conseller de Hacienda y Modelo Económico y de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública; de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la citada ley, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 28 de octubre de 2022,

DECRETO

Artículo 1. Modificación del Decreto 105/2019, de 5 de julio , del Consell, por el que establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat

Se modifican el apartado 1 del artículo 62, el artículo 65 y el artículo 75 del Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, por el que establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, que quedan redactados en los términos que figuran en el anexo I.

Artículo 2. Modificación del Decreto 171/2020, de 30 de octubre , del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico

Se modifican el artículo 12 y el apartado 1 del artículo 15 del Decreto 171/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, que quedan redactados en los términos que figuran en el anexo II.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Incidencia presupuestaria

La aplicación y desarrollo de este decreto no podrá tener incidencia alguna en la dotación de gasto, y, en todo caso deberá ser atendido con los medios personales y materiales previstos en los presupuestos.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única. Derogación normativa

Quedan derogadas todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango en aquello que se oponga a este decreto.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

ANEXO I

Nueva redacción del apartado 1 del artículo 62, del artículo 65 y del artículo 75 del Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, por el que establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat

1. El apartado 1 del artículo 62 queda con la siguiente redacción:

“Artículo 62. Secretaría Autonómica de Hacienda y órganos directivos dependientes

1. La Secretaría Autonómica de Hacienda ejercerá las funciones establecidas en el artículo 68 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, en materia de política presupuestaria, tributaria, gasto público, gestión de tesorería, juego, y tecnologías de la información y de la comunicación de la Administración.”

2. El artículo 65 pasa a tener la redacción siguiente:

“Artículo 65. Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

La Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ejerce las funciones establecidas en el artículo 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y las demás previstas en el ordenamiento jurídico, respecto a la Administración de la Generalitat y sus organismos autónomos, en materia de seguridad de la información, planificación, coordinación, autorización y control de las tecnologías de la información, las telecomunicaciones y comunicaciones corporativas y la teleadministración de la Generalitat, la contratación centralizada de los servicios y suministros en materia de tecnologías de la información y las telecomunicaciones en el ámbito de la Administración de la Generalitat y de su sector público instrumental, así como la planificación e innovación para la implementación de nuevas técnicas de organización e instrumentos de trabajo tendentes a la mejora de la eficiencia y la eficacia de la Administración Pública.”

3. El artículo 75 queda redactado del siguiente modo:

“Artículo 75. Dirección General de Función Pública

La Direcció General de Función Pública, en relación con el personal al servicio de la administración de la Generalitat, ejerce las funciones establecidas en el artículo 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, i las demás previstas en el ordenamiento jurídico, en materia de función pública, ordenación, provisión y relaciones sindicales, así como de planificación del empleo público del personal al servicio de la Administración de la Generalitat.”

ANEXO II

Nueva redacción del apartado 1 del artículo 12 y del apartado 1 del artículo 15 del Decreto 171/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico

1. El apartado 1 del artículo 12 queda redactado de la manera siguiente:

“Artículo 12. Competencias de la Secretaría Autonómica de Hacienda

1. Bajo la autoridad del conseller o consellera, la persona titular de la Secretaría Autonómica de Hacienda ejercerá las competencias establecidas en el artículo 68 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, en materia de política presupuestaria, tributaria, gasto público, gestión de tesorería, juego, y tecnologías de la información y de la comunicación de la Administración.”

2. El apartado 1 del artículo 15 queda con la siguiente redacción:

“Artículo 15. Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

1. Bajo la coordinación, control y supervisión de la persona titular de la Secretaría Autonómica de Hacienda, la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (en adelante DGTIC) ejerce las competencias establecidas en el artículo 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y las demás previstas en el ordenamiento jurídico, respecto a la Administración de la Generalitat y sus organismos autónomos, en materia de seguridad de la información, planificación, coordinación, autorización y control de las tecnologías de la información, las telecomunicaciones y comunicaciones corporativas y la teleadministración de la Generalitat, así como la contratación centralizada de los servicios y suministros en materia de tecnologías de la información y las telecomunicaciones en el ámbito de la Administración de la Generalitat y de su sector público instrumental.”

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