Ayudas destinadas a fomentar las capturas de jabalí

 26/10/2022
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Orden ACC/231/2022, de 20 de octubre, por la que se modifica la Orden ACC/172/2022, de 13 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas destinadas a fomentar las capturas de jabalí para disminuir su densidad en el medio y contribuir a la prevención y lucha contra las patologías del jabalí que pueden afectar a las especies ganaderas y su acondicionamiento para la introducción de la carne en el circuito de comercialización (DOGC de 25 de octubre de 2022). Texto completo.

ORDEN ACC/231/2022, DE 20 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN ACC/172/2022, DE 13 DE JULIO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DESTINADAS A FOMENTAR LAS CAPTURAS DE JABALÍ PARA DISMINUIR SU DENSIDAD EN EL MEDIO Y CONTRIBUIR A LA PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA LAS PATOLOGÍAS DEL JABALÍ QUE PUEDEN AFECTAR A LAS ESPECIES GANADERAS Y SU ACONDICIONAMIENTO PARA LA INTRODUCCIÓN DE LA CARNE EN EL CIRCUITO DE COMERCIALIZACIÓN.

Mediante la Orden ACC/172/2022, de 13 de julio, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya núm. 8711, de 18 de julio de 2022, se aprobaron las bases reguladoras de las ayudas destinadas a fomentar las capturas de jabalí para disminuir su densidad en el medio y contribuir a la prevención y lucha contra las patologías del jabalí que pueden afectar a las especies ganaderas y su acondicionamiento para la introducción de la carne en el circuito de comercialización.

Para dar cumplimiento a esta finalidad, en relación con la línea de ayudas correspondiente a promover la puesta en funcionamiento de nuevos puntos logísticos de carne de caza (PLCC) y la mejora de los ya existentes para adecuarlos al incremento del flujo de entrada de jabalíes capturados, se ha considerado necesario apoyar al mayor número de iniciativas de creación y mejora de puntos logísticos que vayan surgiendo a lo largo del territorio, por lo que se elimina la exigencia de auxiliar sólo a las actuaciones realizadas tras la presentación de la solicitud de la ayuda.

Por tanto, es necesario modificar las bases de las ayudas para que las convocatorias correspondientes puedan recoger esta previsión.

En consecuencia, de acuerdo con el artículo 92 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre , a propuesta de la Dirección General de Ecosistemas Forestales y Gestión del Medio y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo único. Modificar el segundo párrafo del apartado 15.2.b).2 b) del anexo 1 de la Orden ACC/172/2022, de 13 de julio.

Se modifica el segundo párrafo del apartado 15.2.b).2.b) del anexo 1 de la Orden ACC/172/2022, de 13 de julio, que queda redactado como sigue:

“Estas facturas o justificantes acreditativos del pago tendrán que ser de fecha comprendida dentro del período de realización de obras que indique la convocatoria correspondiente y anteriores a la fecha de finalización del plazo de ejecución y justificación establecido en dicha convocatoria.”

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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