Subvenciones dirigidas a municipios con más de 1.000 habitantes y a las Diputaciones Provinciales o sus organismos dependientes, mediante la realización de obras y servicios de interés general y social por parte de desempleados mayores de 45 años

 10/10/2022
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Extracto de la Resolución de 5 de octubre 2022, del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones dirigidas a municipios con más de 1.000 habitantes y a las Diputaciones Provinciales o sus organismos dependientes, mediante la realización de obras y servicios de interés general y social por parte de desempleados mayores de 45 años. ( MAYEL) (BOCYL de 7 de octubre de 2022). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 5 DE OCTUBRE 2022, DEL PRESIDENTE DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DIRIGIDAS A MUNICIPIOS CON MÁS DE 1.000 HABITANTES Y A LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES O SUS ORGANISMOS DEPENDIENTES, MEDIANTE LA REALIZACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL Y SOCIAL POR PARTE DE DESEMPLEADOS MAYORES DE 45 AÑOS. ( MAYEL).

BDNS (Identif.): 652257.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/652257)

Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los municipios con más de 1.000 habitantes y las diputaciones provinciales o sus organismos autónomos dependientes dentro del ámbito territorial de Castilla y León, que lo soliciten, cumplan los requisitos y contraten temporalmente a personas mayores de 45 años desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas, para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo, mediante la realización de obras y servicios de interés general y social.

Segundo.- Objeto.

Apoyo a la contratación temporal de personas desempleadas mayores de 45 años y que se encuentren inscritas como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Tercero.- Bases Reguladoras.

Por Orden IEM/1176/2022, de 2 de septiembre (B.O.C. y L. n.º 180 de 16 de septiembre) se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a municipios de más de 1.000 habitantes y a las Diputaciones provinciales o sus organismos autónomos dependientes del ámbito de la Comunidad de Castilla y León, mediante la realización de obras y servicios de interés general y social por parte de desempleados mayores de 45 años.

Cuarto.- Cuantía.

El importe convocado es de 6.000.000 de euros.

La cuantía de la subvención:

- Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 y 2, ambos inclusive: 33.250 euros/año, a jornada completa.

- Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 3 al 7, ambos inclusive: 26.600 euros/año, a jornada completa.

- Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 8 al 11, ambos inclusive: 19.950 euros/año, a jornada completa.

Se establecen las siguientes precisiones:

En los Ayuntamientos de más de 1.000 y menos de 20.000 habitantes: será subvencionable 1 contrato a jornada completa por entidad solicitante.

En los Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y en las Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes: serán subvencionables un máximo de 3 contratos a jornada completa por entidad solicitante.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes, se presentarán en el plazo de 15 días naturales, computados desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Sexto.- Otros datos.

La solicitud de subvención se cumplimentará exclusivamente en el modelo normalizado, que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a través de la dirección electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

Únicamente se admitirá una solicitud por entidad. En el caso de que una entidad presente más de una solicitud, se tendrá en cuenta para su valoración la última presentada.

Las entidades deberán cursar sus solicitudes, acompañadas de los Anexos que estarán disponibles en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y que se referirán a la certificación del titular de la Secretaría y a la relación de trabajadores que tengan la condición de discapacitados en la fecha de la solicitud de la subvención.

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