Subvenciones a municipios y otras entidades locales de la Comunidad de Madrid para la realización de campos de voluntariado juvenil

 16/09/2022
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Extracto de la Orden 1697/2022, de 2 de agosto, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se convocan subvenciones a municipios y otras entidades locales de la Comunidad de Madrid para la realización de campos de voluntariado juvenil para el 2023 (BOCAM de 15 de septiembre de 2022). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN 1697/2022, DE 2 DE AGOSTO, DE LA CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A MUNICIPIOS Y OTRAS ENTIDADES LOCALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LA REALIZACIÓN DE CAMPOS DE VOLUNTARIADO JUVENIL PARA EL 2023.

BDNS (Identif.): 647138

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www. https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index).

Primero

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones a que se refiere la presente orden los municipios, mancomunidades y demás entidades locales de la Comunidad de Madrid, válidamente constituidas, así como los organismos y entidades de ellos dependientes.

Segundo

Objeto y finalidad

La realización de campos de voluntariado juvenil promoviendo el voluntariado en beneficio de la comunidad y la promoción de relaciones personales entre jóvenes de diferentes procedencias, trabajando valores de cooperación, solidaridad y tolerancia.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 1431/2021, de 13 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones, a municipios y otras entidades locales de la Comunidad de Madrid, para la realización de campos de voluntariado juvenil, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 227, de 23 de septiembre de 2021.

Cuarto

Crédito

El crédito máximo destinado a la presente convocatoria asciende a 150.000,00 euros, con cargo al subconcepto 46309 del Programa 232A del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para 2023.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

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