Modificación de la Orden 19/2012, de 24 de septiembre

 01/09/2022
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Orden ATP/54/2022, de 29 de agosto, por la que se modifica la Orden 19/2012, de 24 de septiembre, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la suscripción de los seguros agrarios incluidos en los Planes Anuales de Seguros Agrarios Combinados (BOR de 31 de agosto de 2022). Texto completo.

ORDEN ATP/54/2022, DE 29 DE AGOSTO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 19/2012, DE 24 DE SEPTIEMBRE, DEL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS A LA SUSCRIPCIÓN DE LOS SEGUROS AGRARIOS INCLUIDOS EN LOS PLANES ANUALES DE SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS

La Orden 19/2012, de 24 de septiembre, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la suscripción de los seguros agrarios incluidos en los Planes anuales de Seguros Agrarios Combinados, en su artículo 4.2 precisa que el porcentaje de subvención que corresponde a las líneas de retirada y destrucción se calculará sobre un porcentaje de la prima comercial base neta, sin tener en cuenta los recargos que deban ser aplicables por las entidades aseguradoras a consecuencia de una siniestralidad elevada.

El aumento de los daños en las producciones ganaderas que se viene produciendo en los últimos ejercicios, está elevando la siniestralidad en muchas explotaciones. En consecuencia, en estos casos los asegurados han de afrontar considerables incrementos en el coste de sus pólizas, circunstancia que se ve agravada por el hecho de que estos recargos no son objeto de subvención.

La presente modificación de la Orden 19/2012, de 24 de septiembre, tiene por objeto adaptar el cálculo de la subvención total aplicable en el ámbito de las líneas de retirada y destrucción, eliminando la restricción a la subvención de los recargos fijada normativamente, de modo que se permita contrarrestar la pérdida de rentabilidad de las explotaciones y se adapte a las diferentes situaciones con la posibilidad de adaptar los porcentajes de subvención que se determinen en las convocatorias anuales de subvenciones, conforme a las prioridades que cada momento aconseje.

En virtud de lo anterior y en el ejercicio de las atribuciones conferidas a esta Consejería en el Decreto 49/2020, de 3 de septiembre , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a propuesta de la Dirección General de Agricultura y Ganadería y previos los informes preceptivos, apruebo la siguiente, orden:

Artículo único. Modificación de la Orden 19/2012, de 24 de septiembre, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la suscripción de los seguros agrarios incluidos en los Planes Anuales de Seguros Agrarios Combinados (Boletín Oficial de La Rioja número 118, de 28 de septiembre de 2012).

Se modifica el segundo párrafo del apartado 2 del artículo 4, que queda redactado de la siguiente forma:

'Para las líneas de retirada y destrucción se calculará sobre un porcentaje de la prima comercial base neta, una vez deducidas las bonificaciones y descuentos establecidos. Los porcentajes de subvención se determinarán en la convocatoria anual de subvenciones'.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

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