EXTRACTO DE LA ORDEN CDS/1082/2022, DE 7 DE JULIO, POR LA QUE SE HACE PÚBLICA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A AYUNTAMIENTOS, PARA EL FOMENTO DE INVERSIONES EN ESTABLECIMIENTOS DE SERVICIOS SOCIALES CON CARGO AL FONDO DE INVERSIONES DE TERUEL, FITE 2021.
BDNS (Identif.): 637891
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/637891).
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios los Ayuntamientos de la provincia de Teruel titulares o gestores de establecimientos de servicios sociales.
Segundo.- Objeto.
La presente Orden tiene por objeto convocar subvenciones destinadas a ayuntamientos de la provincia de Teruel para el fomento de inversiones en los siguientes establecimientos de servicios sociales: residencias, viviendas tuteladas, pisos tutelados, centros de día, centros ocupacionales, hogares y otros establecimientos de titularidad municipal en los que se desarrollen actividades de prevención y/o promoción de la autonomía personal, y actividades para la inclusión social.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden CDS/1427/2021, de 21 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades que integran la Administración Local en Aragón, gestionadas por el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, Instituto Aragonés de Servicios Sociales e Instituto Aragonés de la Juventud.
Cuarto.- Cuantía.
El importe total para esta convocatoria en de 2.000.000 €, con cargo a las siguientes aplicaciones del presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón: G/3132/760126/32221, 1.000.000 €, y G/3132/760126/91221, 1.000.000 €.
Quinto.- Plazo presentación solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".
Sexto.- Otros datos.
La solicitud debidamente cumplimentada según modelo, deberá ir acompañada de distinta documentación según se refiera a construcción, a reforma, mejora y/o renovación de un inmueble y según sea obra mayor o menor, tal y como detalla la base octava de la Orden. Cada Ayuntamiento podrá solicitar subvención para un solo establecimiento, por un importe máximo de hasta 350.000 €.
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