Plan de Recuperación de la Cigüeña Negra

 13/07/2022
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Orden de 29 de junio de 2022 por la que se aprueba el Plan de Recuperación de la Cigüeña Negra (Ciconia nigra) en Extremadura (DOE de 12 de julio de 2022). Texto completo.

ORDEN DE 29 DE JUNIO DE 2022 POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN DE RECUPERACIÓN DE LA CIGÜEÑA NEGRA (CICONIA NIGRA) EN EXTREMADURA.

El mantenimiento y la preservación de la biodiversidad del medio natural y de la fauna en particular es tarea por la que debe velar la Comunidad Autónoma en el ejercicio de las competencias que estatutariamente tiene atribuidas, especialmente mediante la salvaguarda de las especies que requieren medidas específicas de protección atendiendo a su rareza, singularidad, representatividad o excepcionalidad en Extremadura.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 37/2001, de 6 de marzo , por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, que incluye a la cigüeña negra (Ciconia nigra) en la categoría de especie en peligro de extinción, su catalogación como tal exige la redacción de un Plan de Recuperación, en el que se definirán las medidas necesarias para eliminar tal peligro de extinción.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 56.2 de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura, los Planes de Recuperación serán aprobados por la Consejería competente en materia de medio ambiente, que deberá informar previamente al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura.

En virtud de lo expuesto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura, y los artículos 36 k) y 92.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

DISPONGO:

Artículo único. Aprobación del Plan de Recuperación de la cigüeña negra (Ciconia nigra) en Extremadura.

Se aprueba el Plan de Recuperación de la cigüeña negra (Ciconia nigra) en Extremadura, que se recoge en el ANEXO a la presente orden.

Así mismo, en el ANEXO I del Plan se recoge la relación de lugares de la Red Natura 2000 en Extremadura en cuyos Planes de Gestión la cigüeña negra aparece recogida como elemento clave o de interés; en el anexo II, la relación de otros instrumentos de gestión aplicados al Plan, en el anexo III, su ámbito de aplicación y en el anexo IV, su programa de actuaciones.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Anexos

Omitidos.

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