Disolución de la Entidad Local Menor de Arcera-Aroco

 04/07/2022
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Decreto 64/2022, de 24 de junio, por el que se aprueba la disolución de la Entidad Local Menor de Arcera-Aroco, perteneciente al municipio de Valdeprado del Río (BOCA de 1 de julio de 2022). Texto completo.

DECRETO 64/2022, DE 24 DE JUNIO, POR EL QUE SE APRUEBA LA DISOLUCIÓN DE LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE ARCERA-AROCO, PERTENECIENTE AL MUNICIPIO DE VALDEPRADO DEL RÍO

El Pleno del Ayuntamiento de Valdeprado del Río, en sesión celebrada el día 12 de noviembre de 2020, acordó por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación Municipal, iniciar expediente de disolución de la entidad local menor de Arcera-Aroco, a petición de la propia Entidad Local Menor, según acuerdo adoptado por la Asamblea Vecinal del Concejo Abierto de Arcera-Aroco, en sesión extraordinaria celebrada el día 16 de octubre de 2020, motivado por la falta de funcionamiento ordinario del Concejo en los últimos diez años, ausencia de recursos económicos y fiscalización interna, así como el impago de una deuda pendiente derivado de un procedimiento judicial.

La disolución de Entidades Locales Menores se encuentra prevista en los artículos 27 y 28 de la Ley de Cantabria 6/1994, de 19 de mayo, Reguladora de las Entidades locales menores y en los artículos 44 y 45 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local. El artículo 27 prevé dos formas de iniciación del expediente de disolución, una de oficio previa audiencia de la Entidad e informe del Consejo de Estado, y otra a petición de la propia Entidad. En el supuesto presente se ha efectuado por el Ayuntamiento, a petición de la propia Entidad Local Menor.

El expediente se ha tramitado con sujeción a los preceptos legales citados, acreditando la concurrencia de las circunstancias de disolución previstas en el artículo 28 de la Ley 6/1994, de 19 de mayo, remitiendo el Ayuntamiento de Valdeprado del Río dicho expediente para su aprobación al Gobierno de Cantabria, el cuál solicita dictamen preceptivo al Consejo de Estado, como trámite previo a la resolución del expediente, según lo dispuesto por el artículo 44.b) del Real Decreto Legislativo 781/1986, quien lo emite en sentido favorable con fecha 2 de junio de 2022, dictaminando: "que el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede decretar la disolución de la Entidad Local Menor de Arcera-Aroco, del Ayuntamiento de Valdeprado del Río (Cantabria)".

En su virtud y de conformidad con el dictamen del Consejo de Estado, y a propuesta de la Excma. Sra. Consejera de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, vistos los informes favorables emitidos y de acuerdo con el Dictamen del Consejo de Estado, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 24 de junio de 2022, dispongo:

Artículo Único

Se aprueba la disolución de la Entidad Local Menor de Arcera-Aroco, perteneciente al municipio de Valdeprado del Río, de acuerdo con la legislación vigente, adquiriendo el Ayuntamiento el compromiso de que el Monte de Utilidad Pública número 250 del C.U.P. denominado "Dehesa y Rubacente", de titularidad de la citada Entidad Local Menor, será administrado por el Ayuntamiento de Valdeprado del Río en los términos establecidos por el Consejo de Estado, en cuanto al resto de los bienes, el Ayuntamiento sucederá a la Entidad Local Menor como titular de los mismos, así como el compromiso de hacerse cargo de las deudas o créditos contraídos en la forma acordada por el Pleno de la Corporación.

El señor Alcalde del Ayuntamiento de Valdeprado del Río deberá comunicar la disolución de la citada Entidad Local Menor al Registro de Entidades Locales regulado por el Real Decreto 382/1986, de 10 de febrero , tal y como dispone el artículo 2 del mismo.

Disposición Final Única

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

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