Becas para la movilidad de estudiantes en el marco del Programa PIMA

 30/06/2022
 Compartir: 

Resolución de 24 de junio de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se publica el extracto de la Resolución de la Vicerrectora de Internacionalización de la Universidad de Granada de 23 de junio de 2022 por la que se convocan “Becas para la movilidad de estudiantes en el marco del Programa PIMA”, en régimen de concurrencia competitiva (BOJA de 29 de junio de 2022). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 24 DE JUNIO DE 2022, DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA, POR LA QUE SE PUBLICA EL EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE LA VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA DE 23 DE JUNIO DE 2022 POR LA QUE SE CONVOCAN “BECAS PARA LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES EN EL MARCO DEL PROGRAMA PIMA”, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Beneficiarios.

Podrán participar estudiantes de las facultades de Ciencias de la Educación y Ciencias (especialidad Ciencias Medioambientales y afines), de la Universidad de Granada.

Segundo. Objeto.

Plazas de movilidad de estudios en universidades iberoamericanas en el marco del Programa PIMA (Redes Temáticas Ciencias de la Educación y Medioambiente y Desarrollo Sostenible).

Tercero. Cuantía.

Teniendo en cuenta que en la presente convocatoria se contempla la distribución de fondos de financiación externos, en el caso eventual de que los fondos pendientes de recibir correspondientes al ejercicio 2023 no fueran incorporados a la Universidad de Granada, esta no tendrá responsabilidad de financiación de las ayudas recogidas en la presente convocatoria

La convocatoria prevé un total de 11 plazas.

La cuantía total máxima de las ayudas contempladas en esta convocatoria será de 32.800 €, de los cuales se imputarían las cuantías máximas siguientes: 16.400 € en el ejercicio 2022 y 16.400 € en el ejercicio 2023. Las cuantías de las anualidades futuras quedarán supeditadas a las disponibilidades presupuestarias de la correspondiente anualidad.

En caso de concederse, las ayudas se financiarán con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria: centro de gasto 3021900000, subprograma de gasto 422D, económica 483.02

Las ayudas se calcularán según lo dispuesto a continuación:

Ayuda de viaje: 50% del coste total del billete, hasta un máximo de 550 €.

Ayuda de estancia: ayuda mensual según el país de destino, hasta un máximo de cinco mensualidades:

CUADRO OMITIDO

Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el día siguiente a la publicación del presente extracto hasta el 11 de julio de 2022.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  9. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana