Subvenciones contempladas en el mismo para la integración socio-laboral de personas en situación o riesgo de exclusión a través de empresas de inserción

 14/06/2022
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Orden EPE/812/2022, de 27 de mayo, por la que se modifica el anexo I de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, por la que se aprueba el Programa ARINSER y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones contempladas en el mismo para la integración socio-laboral de personas en situación o riesgo de exclusión a través de empresas de inserción (BOA de 13 de junio de 2022). Texto completo.

ORDEN EPE/812/2022, DE 27 DE MAYO, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO I DE LA ORDEN EIE/609/2016, DE 10 DE JUNIO, POR LA QUE SE APRUEBA EL PROGRAMA ARINSER Y SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CONTEMPLADAS EN EL MISMO PARA LA INTEGRACIÓN SOCIO-LABORAL DE PERSONAS EN SITUACIÓN O RIESGO DE EXCLUSIÓN A TRAVÉS DE EMPRESAS DE INSERCIÓN.

Por Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, se aprueba el Programa ARINSER y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones contempladas en el mismo para la integración socio-laboral de personas en situación o riesgo de exclusión a través de empresas de inserción ("Boletín Oficial de Aragón", número 123, de 28 de junio de 2016).

El citado de programa ARINSER ha contado durante el período de programación 2014-2020 con la cofinanciación del Fondo Social Europeo por tratarse de una actuación incluida en el Programa Operativo de Aragón FSE aprobado para dicho período.

Una vez finalizada dicha actuación y ejecutados los fondos previstos en la senda financiera asignada al Programa ARINSER para el período 2014-2020, la convocatoria de dicho programa para el presente ejercicio 2022 prevé la financiación de estas subvenciones por medio de fondos de empleo de ámbito estatal transferidos por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco de la distribución territorial de fondos a las Comunidades Autónomas a través de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.

La citada Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, dispone en el apartado 3 de su artículo 30 que, a efectos de difusión pública, los centros de trabajo de las empresas de inserción calificadas por el Instituto Aragonés de Empleo, deberán hallarse debidamente identificados y señalizados, colocando para ello un cartel informativo según el modelo normalizado que se recoge como anexo a dicha norma. El cartel publicado como anexo a la citada Orden ha de ser modificado para hacer constar expresamente que el Programa ARINSER se financia igualmente con fondos recibidos del Servicio Público de Empleo Estatal e incorporar, junto a los elementos identificativos de la Comunidad Autónoma de Aragón y del Fondo Social Europeo, los elementos correspondientes al Ministerio de Trabajo y Economía Social y al Servicio Público de Empleo Estatal.

En virtud de todo lo anterior, y en el ejercicio de las competencias que me han sido conferidas por el artículo 11 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, en relación con el Decreto 29/2020, de 11 de marzo , del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Planificación y Empleo, dispongo:

Artículo único. Modificación del anexo I de la Orden EIE/609/2016, de 10 de junio, por la que se aprueba el Programa ARINSER y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones contempladas en el mismo para la integración socio-laboral de personas en situación o riesgo de exclusión a través de empresas de inserción.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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