DECRETO 65/2022, DE 20 DE MAYO, DEL CONSELL, POR EL QUE SE AUTORIZA LA MODIFICACIÓN, POR CAMBIO DE DENOMINACIÓN, DE LA ESCUELA DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE.
El artículo 9 del Real decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, establece que las universidades podrán crear escuelas de doctorado de acuerdo con lo previsto en sus Estatutos, en la normativa de la respectiva comunidad autónoma y en el decreto citado, con la finalidad de organizar, dentro de su ámbito de gestión, las enseñanzas y actividades propias del doctorado. Estas escuelas podrán ser creadas individualmente por una universidad, o conjuntamente con otras o en colaboración de una o varias universidades con otros organismos, centros, instituciones y entidades con actividades de I+D+i, públicas o privadas, nacionales o extranjeras.
Mediante Decreto 176/2013, de 15 de noviembre, del Consell, se autoriza la creación de la Escuela de Doctorado de la Universidad de Alicante.
De otro lado, el Decreto 159/2012, de 11 de octubre , del Consell, por el que se regulan las escuelas de doctorado, establece en su artículo 5, que la supresión o modificación de las escuelas de doctorado se adoptará por el Consell, a propuesta del Consejo de Gobierno de la universidad, previo informe del Consejo Social, o del órgano que corresponda en el caso de las universidades privadas.
En atención a lo expuesto, la Universidad de Alicante ha solicitado la modificación de la denominación de la Escuela de Doctorado de la Universidad de Alicante (EDUA) por la de Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad de Alicante (EIDUA).
Consta en el expediente el informe previo favorable del Consejo Social y el acuerdo del Consejo de Gobierno de la citada universidad.
El Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior tuvo conocimiento de la solicitud del cambio de denominación de la Escuela de Doctorado de la Universidad de Alicante por Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad de Alicante, en su sesión de fecha 28 de febrero de 2022.
La Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva (AVAP) ha emitido el preceptivo informe.
Por todo lo expuesto, visto el artículo 9 del Real decreto 99/2011, de 28 de enero, el artículo 5 del Decreto 159/2012 del Consell y demás disposiciones de general aplicación, a propuesta de la consellera de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, previa deliberación del Consell en la reunión del día 20 de mayo de 2022,
DECRETO
Artículo 1. Autorización del cambio de denominación
Se autoriza la modificación, por cambio de denominación, del centro “Escuela de Doctorado de la Universidad de Alicante (EDUA)” por la de “Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad de Alicante (EIDUA)”.
Artículo 2. Inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos
De acuerdo con el artículo 13.1 del Real decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos, la modificación que se autoriza se comunicará al mismo a efectos de su inscripción.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Única. Limitación al gasto
La aplicación y ejecución de este decreto no podrá tener incidencia alguna en la dotación de todos y cada uno de los capítulos de gastos asignada a la conselleria competente en la materia, y en todo caso deberán ser atendidos con los medios personales y materiales de la citada universidad.
DISPOSICIÓN FINAL
Única. Eficacia
El presente decreto tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
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