Subvenciones para la promoción de la lectura y las letras españolas

 31/05/2022
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Extracto de la Orden de 25 de mayo de 2022 por la que se convocan subvenciones para la promoción de la lectura y las letras españolas (BOE de 31 de mayo de 2022) Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN DE 25 DE MAYO DE 2022 POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DE LA LECTURA Y LAS LETRAS ESPAÑOLAS

BDNS(Identif.):630093

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/630093)

Primero. Beneficiarios:

Podrán solicitar estas subvenciones las siguientes entidades:

- Fundaciones privadas, asociaciones y organizaciones no gubernamentales (instituciones sin fines de lucro) no pertenecientes al sector público, legalmente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente, de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con residencia fiscal en España

- Empresas privadas con residencia fiscal en España que tengan como actividad y objeto social, único o entre otros, la realización de actividades culturales

- Ayuntamientos

Todas las entidades mencionadas en el punto 1 deberán acreditar haber realizado actividades de promoción de la lectura y las letras españolas, como mínimo, en los dos últimos años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación en el BOE del extracto de esta convocatoria.

Segundo. Finalidad:

Actividades de fomento de la lectura y las letras españolas entre el público general, entre la población infantil y juvenil, acciones que promuevan la igualdad de oportunidades en el acceso al libro por grupos de población con dificultades, actividades literarias y seminarios, acciones de promoción de la lectura en zonas rurales y/o despobladas, entre otros.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.

Cuarto. Importe:

El importe de las subvenciones convocadas para instituciones sin fines de lucro será, como máximo, de 1.258.000 euros; el correspondiente a empresas privadas será, como máximo, de 1.000.000 euros y el destinado a entidades locales será, como máximo, de 1.400.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.

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