EXTRACTO DE LA ORDEN 544/2022, DE 20 DE ABRIL, DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE MUNICIPIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID DE MENOS DE 2.500 HABITANTES, PARA LA MEJORA DE LA SEGURIDAD, ACCESIBILIDAD Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES PARA EL AÑO 2022.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en la página web de la Comunidad de Madrid.
BDNS (identif.): 627559
Primero
Beneficiarios
Ayuntamientos de los municipios de la Comunidad de Madrid que a 1 enero de 2022, tengan una población de derecho inferior a 2.500 habitantes, según las cifras de población del Instituto Nacional de Estadística, resultantes de la última revisión del padrón municipal a fecha de publicación de la convocatoria.
Segundo
Objeto
Se convocan para el año 2022, en régimen de procedimiento simplificado de concurrencia competitiva, subvenciones para financiar las inversiones en las instalaciones deportivas municipales con la finalidad de mejorar su seguridad, accesibilidad y mantenimiento de la operatividad de las mismas, y que no hayan sido incluidas en el PRISMA.
Tercero
Período subvencionable
Las inversiones subvencionables deberán haber sido realizadas durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2022.
Cuarto
Bases reguladoras
Orden 551/2018, de 16 de mayo, del Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a Ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de menos de 2.500 habitantes, para la mejora de la seguridad, accesibilidad y mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 25 de mayo de 2018.
Quinto
Cuantía total
El importe total destinado a esta convocatoria es de 680.000 euros.
Sexto
Importe máximo de subvención por Ayuntamiento
La subvención máxima por Ayuntamiento será de 15.000 euros y no podrá superar el número de dos inversiones.
Séptimo
Plazo de presentación de solicitudes
Un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación del presente Extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
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