Ayudas a la digitalización y preservación del Patrimonio Bibliográfico

 24/05/2022
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Extracto de la Orden de 17 de mayo de 2022, por la que se convocan ayudas a la digitalización y preservación del Patrimonio Bibliográfico y su difusión mediante repositorios (BOE de 24 de mayo de 2022) Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN DE 17 DE MAYO DE 2022, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS A LA DIGITALIZACIÓN Y PRESERVACIÓN DEL PATRIMONIO BIBLIOGRÁFICO Y SU DIFUSIÓN MEDIANTE REPOSITORIOS

BDNS(Identif.):627787

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/627787)

Primero. Beneficiarios.

Comunidades autónomas y los organismos y entidades con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de ellas, así como las universidades públicas españolas.

Entidades locales españolas y los organismos y entidades con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de ellas.

Entidades privadas sin fines de lucro de nacionalidad española y reales academias.

Segundo. Objeto.

Ayudas a proyectos de digitalización accesibles en línea y con las adecuadas medidas de preservación, de bienes que formen parte del patrimonio bibliográfico, conforme a lo establecido en el artículo 50.1 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, o que gocen de un especial interés bibliográfico. Estos bienes han de estar en el dominio público o, en su caso, las entidades solicitantes de las ayudas han de poseer los derechos de explotación necesarios sobre los mismos, de acuerdo con el Real Decreto 1/1996, de 12 de abril , por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

Quedan excluidos de la presente convocatoria los proyectos de digitalización de bienes que forman parte del patrimonio documental, de acuerdo con el artículo 49 de la Ley 16/1985, de 25 de junio.

La finalidad perseguida es la creación de recursos digitales mediante la digitalización, así como la asignación de los datos y metadatos que codifiquen sus descripciones y permitan su carga en un repositorio OAI-PMH, y su posterior agregación en el recolector “Hispana” del Ministerio de Cultura y Deporte y en “Europeana”.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.

Cuarto. Importe.

El importe máximo imputable a las subvenciones será de 555.000 €. Las ayudas concedidas se sufragarán con cargo a los créditos de las aplicaciones 24.03.332B.454.02 (CCAA y universidades públicas 355.000 €), 24.03.332B.463 (Entidades locales 100.000 €) y 24.03.332B.480 (Entidades privadas sin fines de lucro y reales academias 100.000 €) del presupuesto de gastos del Ministerio de Cultura y Deporte para 2022.

Cada entidad solicitante solo podrá presentar una solicitud y la cuantía de la ayuda solicitada deberá ser inferior a 60.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el “Boletín Oficial del Estado”.

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