Subvenciones dirigidas a municipios así como a las Diputaciones Provinciales o sus Organismos Autónomos dependientes del ámbito de la Comunidad de Castilla y León, como apoyo a la contratación temporal de desempleados

 11/05/2021
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Extracto de la Resolución de 5 de mayo de 2021, de la Presidenta del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones dirigidas a municipios así como a las Diputaciones Provinciales o sus Organismos Autónomos dependientes del ámbito de la Comunidad de Castilla y León, como apoyo a la contratación temporal de desempleados para la realización de obras y servicios relacionados con actividades en el sector turístico y cultural (BOCYL de 10 de mayo de 2021). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 5 DE MAYO DE 2021, DE LA PRESIDENTA DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DIRIGIDAS A MUNICIPIOS ASÍ COMO A LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES O SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEPENDIENTES DEL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN, COMO APOYO A LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE DESEMPLEADOS PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON ACTIVIDADES EN EL SECTOR TURÍSTICO Y CULTURAL.

BDNS (Identif.): 561982

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/561982)

Asimismo la convocatoria puede consultarse en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.

Primero.- Bases Reguladoras.

Por Orden EMP/262/2017, de 31 de marzo, (B.O.C. y L. n.º 71 de 12 de abril de 2017) se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a municipios así como a las Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes, del ámbito de la Comunidad de la Comunidad de Castilla y León, como apoyo a la contratación temporal de desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social relacionados con actividades en el sector turístico y cultural.

Segundo.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios los municipios con menos de 5.000 habitantes y que cuenten con más de 5 desempleados, así como las Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes, de la Comunidad de Castilla y León, que lo soliciten, cumplan los requisitos y contraten temporalmente a desempleados e inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León para la realización de obras y servicios relacionados con actividades en el sector turístico y cultural.

La relación de los de los municipios de menos de 5.000 habitantes y más de 5 desempleados se publica como anexo informativo (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

Tercero.- Finalidad.

Apoyo a la contratación temporal de desempleados para la realización de obras y servicios relacionados con actividades en el sector turístico y cultural.

Cuarta.- Importe convocado.

14.500.000 €.

Quinto.- Cuantía de la subvención y gastos subvencionables.

Los criterios para determinar la cuantía de la subvención se realizarán conforme a la base sexta de la Orden EMP/262/2017, de 31 de marzo.

El importe máximo a financiar por cada puesto de trabajo será de 10.000 euros por un periodo de 180 días a jornada completa. En el caso de las contrataciones realizadas a jornada parcial, el importe máximo a financiar será de 5.000 euros. Este importe se reducirá proporcionalmente cuando el puesto de trabajo se cubra por un período superior a 120 días e inferior a 180 días.

Sexto.- Solicitudes y plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes y comenzará el día siguiente de la publicación del Extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León. Se presentarán exclusivamente de forma electrónica, conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de no hacerlo, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos se considerará como fecha de presentación de la solicitud, aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

Las solicitudes presentadas fuera de plazo se declararan no admitidas. La solicitud y el resto de documentación, que sea preciso cumplimentar y presentar, se encontrará disponible en la sede electrónica https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/.

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