MADRID, 31 Oct. (EUROPA PRESS) -
Según la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, se desestima el recurso interpuesto por la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE) y un grupo de once farmacéuticos contra el acuerdo sexto de la adenda al Concierto de Colaboración Sanidad y el COFM. En este recurso se reclamaba además la devolución de cantidades con sus intereses.
Dicha adenda dispuso en 2013 la aplicación de un descuento reducido del 10 por ciento a las recetas oficiales prescritas a pacientes de residencias geriátricas y centro sociales, en el marco del Real Decreto 823/2008 y de una política de contención del gasto público.
La decisión del Tribunal respalda el acuerdo y niega que existiese un trato indiscriminado a unos pacientes frente a otros. Asimismo, los magistrados consideran que el descuento no supuso "variación de los márgenes de dispensación de los medicamentos, sino un beneficio consensuado" para reducir el coste de la Administración, por lo que reconoce la competencia de la Consejería de Sanidad y del COFM para fijar un descuento que no afecta al precio de los medicamentos. Además, tampoco aprecian ninguna vulneración legal al aplicarse la cláusula a partir de enero de 2013.
"La Sentencia cierra la puerta a exigir daños y perjuicios que hubiesen sido cuantiosos para la corporación, si bien, a efectos prácticos, carece de eficacia, ya que la actual Junta de Gobierno negoció la eliminación del descuento que se aplicaba sobre las recetas prescritas a los pacientes de residencias en el Convierto vigente, suscrito el 29 de abril de 2015", ha manifestado, por su parte, el COFM en un comunicado.
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