Modificación de la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra

 08/03/2019
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Decreto Foral 12/2019, de 27 de febrero, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos (BON de 7 de marzo de 2019). Texto completo.

DECRETO FORAL 12/2019, DE 27 DE FEBRERO, POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

El Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra informa de la necesidad de modificar su plantilla orgánica a fin de ajustarla a las necesidades reales del mismo.

Existe informe favorable de la Dirección General del Presupuesto del Departamento de Hacienda y Política Financiera.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintisiete de febrero de dos mil diecinueve,

DECRETO:

Artículo único.-Creación de plazas de la plantilla orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:

Se crea la plaza de la plantilla orgánica que se relaciona seguidamente y que cuenta con la correspondiente dotación económica en las partidas del Capítulo I del vigente Presupuesto de Gastos.

Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia.

Dirección General de Presidencia y Gobierno Abierto:

-Una vacante de Asesor Jurídico, de régimen funcionarial, nivel A, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 10646.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición final primera.-Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta a la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución del presente decreto foral.

Disposición final segunda.-Entrada en vigor.

Este Decreto Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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