Subvenciones destinadas a la contratación de personas desempleadas de al menos 30 años de edad

 27/07/2018
 Compartir: 

Extracto de la Resolución de 13 de julio de 2018, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2018 las subvenciones destinadas a la contratación de personas desempleadas de al menos 30 años de edad, en colaboración con corporaciones locales de la Comunitat Valenciana, reguladas en la Orden 8/2016, de 7 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (DOCV de 26 de julio de 2018). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 13 DE JULIO DE 2018, DEL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO Y FORMACIÓN, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL EJERCICIO 2018 LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS DE AL MENOS 30 AÑOS DE EDAD, EN COLABORACIÓN CON CORPORACIONES LOCALES DE LA COMUNITAT VALENCIANA, REGULADAS EN LA ORDEN 8/2016, DE 7 DE JULIO, DE LA CONSELLERIA DE ECONOMÍA SOSTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO.

BDNS (identif.): 409016.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8. a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans

Primero. Beneficiarios y condiciones

Podrán ser beneficiarias las corporaciones locales municipales de la Comunitat Valenciana o entidades dependientes o vinculadas a estas que vengan ejerciendo competencias en materia de empleo.

Segundo. Objeto

Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones destinadas a la contratación de personas desempleadas, de al menos 30 años de edad, inscritas como demandantes de empleo en los centros SERVEF de Empleo de la Generalitat, para la realización de obras o servicios de interés general en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

Tercero. Bases reguladoras

Orden 8/2016, de 7 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el Programa Iniciativa Social en colaboración con corporaciones locales de la Comunitat Valenciana (DOGV 11.07.2016), modificada por la Orden 10/2017, de 8 de mayo, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (DOGV 10.05.2017).

Cuarto. Cuantía

Las subvenciones se financiarán por un importe global máximo de 10.000.000 euros y se destinarán a la financiación de los costes salariales, incluida su cotización a la Seguridad Social, de las personas desempleadas de al menos 30 años de edad, que hubieran sido contratadas para la ejecución de las actuaciones programadas por la entidad beneficiaria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  4. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  7. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  8. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  9. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  10. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana