RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 4578-2017, CONTRA LOS APARTADOS 1, 2, 4 Y 5 DEL ARTÍCULO ÚNICO DE LA LEY 2/2017, DE 21 DE JUNIO, QUE MODIFICAN LOS ARTS. 1, 22, 25 Y 30 DE LA LEY 1/1996, DE 10 DE ENERO, DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 31 de octubre actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 4578-2017, promovido por cincuenta Diputados del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea del Congreso de los Diputados, contra los apartados 1, 2, 4 y 5 del artículo único de la Ley 2/2017, de 21 de junio, que modifican los arts. 1 , 22 , 25 y 30 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.
Madrid, 31 de octubre de 2017.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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