CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA N.º. 5625-2016, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 2, 4, 5, 7, 8 APARTADOS 1, 2 PÁRRAFO SEGUNDO Y 3, 12, 17, DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA Y DISPOSICIONES FINALES SEGUNDA Y QUINTA DEL REAL DECRETO 310/2016, DE 29 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULAN LAS EVALUACIONES FINALES DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DE BACHILLERATO.
Conflicto positivo de competencia número 5625-2016, en relación con los artículos 2, 4, 5, 7, 8 apartados 1, 2 párrafo segundo y 3, 12, 17, disposición adicional segunda y disposiciones finales segunda y quinta del Real Decreto 310/2016, de 29 de julio , por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 15 de noviembre actual, ha acordado admitir a trámite el conflicto positivo de competencia número 5625-2016, promovido por el Gobierno de Cataluña, en relación con los artículos 2, 4, 5, 7, 8 apartados 1, 2 párrafo segundo y 3, 12, 17, disposición adicional segunda y disposiciones finales segunda y quinta del Real Decreto 310/2016, de 29 de julio , por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato.
Madrid, 15 de noviembre de 2016.La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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