Modificación del anexo I de la Orden de 25 de marzo de 2014

 23/08/2016
 Compartir: 

Resolución de 15 de junio de 2016, de la Secretaría General Técnica del Departamento de Sanidad, por la que se modifica el anexo I de la Orden de 25 de marzo de 2014, del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se regula la tramitación por medios telemáticos de determinados procedimientos administrativos en materia de Sanidad, Bienestar Social y Familia, de la Dirección General de Calidad y Atención al Usuario (BOA de 22 de agosto de 2016). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 15 DE JUNIO DE 2016, DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DEL DEPARTAMENTO DE SANIDAD, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO I DE LA ORDEN DE 25 DE MARZO DE 2014, DEL CONSEJERO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA, POR LA QUE SE REGULA LA TRAMITACIÓN POR MEDIOS TELEMÁTICOS DE DETERMINADOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y ATENCIÓN AL USUARIO

Por Orden de 25 de marzo de 2014, del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, se regula la tramitación por medios telemáticos de determinados procedimientos administrativos en materia de sanidad, bienestar social y familia de la Dirección General de Calidad y Atención al Usuario.

Tras el Decreto 23/2016, de 9 de febrero , del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad y del Servicio Aragonés de Salud hoy, estas referencias han de entenderse realizadas en virtud del Departamento de Sanidad, de la Dirección General de Derechos y Garantías de los Usuarios y en lo que se refiere a procedimientos administrativos en materia de sanidad.

En la Disposición adicional segunda de la citada orden se indica que las solicitudes recogidas en el anexo I podrán ser actualizadas mediante resolución de la Secretaría General Técnica del Departamento, que será publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", previo informe de la Entidad Pública Aragonesa de Servicios Telemáticos.

En consecuencia, resuelvo:

Actualizar el citado anexo I e incorporar el siguiente procedimiento a los ya existentes:

ANEXO OMITIDO

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  4. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  7. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  8. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  9. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  10. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana