Subvenciones para entidades locales para el desarrollo de programas de formación profesional básica

 11/08/2016
 Compartir: 

Extracto de la Orden ECD/92/2016, de 29 de julio, por la que se convocan subvenciones para entidades locales para el desarrollo de programas de formación profesional básica para entidades locales en la modalidad de aula profesional básica en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOCA de 10 de agosto de 2016). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN ECD/92/2016, DE 29 DE JULIO, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA ENTIDADES LOCALES PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA PARA ENTIDADES LOCALES EN LA MODALIDAD DE AULA PROFESIONAL BÁSICA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA.

BDNS(Identif.):314006

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias.

Podrán solicitar las ayudas las entidades locales que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras aprobadas mediante Orden ECD/60/2016, de 8 de junio, así como las condiciones establecidas en la Orden ECD/72/2014, de 5 de junio, que regula los programas de formación profesional básica que se desarrollen en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Segundo. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto aprobar la convocatoria de subvenciones para entidades locales destinadas a colaborar en la impartición de programas de formación profesional básica, en la modalidad de aula profesional básica, en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Las subvenciones irán dirigidas al desarrollo de programas de formación profesional básica en la Comunidad Autónoma de Cantabria que se ajusten a lo dispuesto en las bases reguladoras y en la presente convocatoria, y que se desarrollen entre el mes de octubre de 2016 y el mes de agosto de 2017.

Tercero. Bases reguladoras.

La Convocatoria está regulada por la orden ECD/60/2016, de 8 de junio de 2016, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales y entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de formación profesional básica en las modalidades de aula de formación profesional básica y programa específico de formación profesional básica en la Comunidad Autónoma de Cantabria, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria el 15 de junio de 2016, Boletín n.º 115.

Cuarto. Cuantía.

El importe máximo a conceder en esta convocatoria, será de 266.000 €, que se imputarán por importe de 90.440 € para el año 2016 y 175.560 € para el año 2017.

La cuantía individualizada de las subvenciones será de 38.000 €, concediéndose un máximo de 7 ayudas.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación en el B.O.C. del presente extracto.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  9. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana