EXTRACTO DE LA ORDEN ECD/92/2016, DE 29 DE JULIO, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA ENTIDADES LOCALES PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA PARA ENTIDADES LOCALES EN LA MODALIDAD DE AULA PROFESIONAL BÁSICA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA.
BDNS(Identif.):314006
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Entidades beneficiarias.
Podrán solicitar las ayudas las entidades locales que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras aprobadas mediante Orden ECD/60/2016, de 8 de junio, así como las condiciones establecidas en la Orden ECD/72/2014, de 5 de junio, que regula los programas de formación profesional básica que se desarrollen en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Segundo. Objeto.
La presente Orden tiene por objeto aprobar la convocatoria de subvenciones para entidades locales destinadas a colaborar en la impartición de programas de formación profesional básica, en la modalidad de aula profesional básica, en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Las subvenciones irán dirigidas al desarrollo de programas de formación profesional básica en la Comunidad Autónoma de Cantabria que se ajusten a lo dispuesto en las bases reguladoras y en la presente convocatoria, y que se desarrollen entre el mes de octubre de 2016 y el mes de agosto de 2017.
Tercero. Bases reguladoras.
La Convocatoria está regulada por la orden ECD/60/2016, de 8 de junio de 2016, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales y entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de formación profesional básica en las modalidades de aula de formación profesional básica y programa específico de formación profesional básica en la Comunidad Autónoma de Cantabria, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria el 15 de junio de 2016, Boletín n.º 115.
Cuarto. Cuantía.
El importe máximo a conceder en esta convocatoria, será de 266.000 , que se imputarán por importe de 90.440 para el año 2016 y 175.560 para el año 2017.
La cuantía individualizada de las subvenciones será de 38.000 , concediéndose un máximo de 7 ayudas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación en el B.O.C. del presente extracto.
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