Instituto Universitario de Investigación de la Dehesa

 10/08/2015
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Decreto 248/2015, de 31 de julio, por el que se crea el Instituto Universitario de Investigación de la Dehesa de la Universidad de Extremadura (INDEHESA) (DOE de 7 de agosto de 2015). Texto completo.

DECRETO 248/2015, DE 31 DE JULIO, POR EL QUE SE CREA EL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE INVESTIGACIÓN DE LA DEHESA DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA (INDEHESA).

El artículo 10 del Estatuto de Autonomía de Extremadura en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero , atribuye a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación y enseñanza en toda su extensión, niveles, grados modalidades y especialidades, así como en materia de Universidades públicas y privadas.

La Ley Orgánica 6/2011, de 21 de diciembre, de Universidades en su redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, configura a los Institutos Universitarios de Investigación como centros dedicados a la investigación científica y técnica o a la creación artística, pudiendo organizar y desarrollar programas y estudios de doctorado y postgrado y proporcionar asesoramiento técnico en el ámbito de sus competencias. Se regirán por la citada ley orgánica, por los Estatutos de la Universidad, por el convenio de adscripción, en su caso, y por sus propias normas.

Así mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley Orgánica de Universidades, la creación, modificación y supresión de los Institutos Universitarios de Investigación serán acordados por la Comunidad Autónoma, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad, bien por iniciativa de la universidad mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social.

De acuerdo con la normativa citada y a iniciativa de la Universidad de Extremadura, a propuesta del Consejo de Gobierno de la misma y previo informe favorable del Consejo Social de la Universidad de Extremadura, se acuerda por la Comunidad Autónoma de Extremadura la creación del Instituto Universitario de Investigación de la Dehesa de la Universidad de Extremadura (INDEHESA).

En el contexto de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la existencia de institutos de investigación es especialmente oportuna dada la marcada atomización, dispersión y tendencia al aislamiento de los grupos de investigación. Resulta por ello imprescindible la creación de institutos que fomenten la excelencia científica y la cooperación entre diversas disciplinas.

La Dehesa es el sistema agroforestal extensivo (SAFE) más extendido y mejor conservado en Europa, siendo una forma de producción eficiente basada en la transformación moderada de los bosques para facilitar múltiples aprovechamientos agrícolas y ganaderos. Extremadura es la Comunidad Autónoma con mayor superficie de dehesa, con el 35 % del total nacional, reserva importante de ganado, corcho, alcornoque y carbón.

Tomando como referencia uno de los objetivos estratégicos europeos para el periodo 2014- 2020 “Unión de la innovación”, la justificación de la creación de INDEHESA reside en ser un centro de I+D+i que mejore la calidad de la investigación, la docencia, la contribución al impulso del sistema agrosilvopastoral, la dinamización del desarrollo económico de Extremadura, la recuperación social, la proyección científica. Solventando así las limitaciones de los grupos de investigación actuales con parcelas de conocimiento limitados y que imposibilita el acceso a convocatorias de fondos de ámbito internacional, consiguiendo así un carácter interdisciplinario y de alta especialización con una repercusión en veintitrés ramas oficiales UNESCO de conocimiento.

El objetivo fundamental de INDEHESA es aprovechar la experiencia de los trece grupos de investigación actuales implicados en diferentes áreas para abordar de una manera integral e interdisciplinar la investigación básica y la aplicada, la producción, conservación ambiental, innovación y formación avanzada, y proveer de conocimiento innovador al sector productivo, utilizando la Dehesa como laboratorio natural para el ensayo.

De conformidad con lo anterior, a propuesta de la Consejera de Educación y Empleo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 31 de julio de 2015, DISPONGO :

Artículo 1. Creación del Instituto Universitario de Investigación de la Dehesa de la Universidad de Extremadura (INDEHESA).

Se crea el Instituto Universitario de Investigación de la Dehesa de la Universidad de Extremadura (INDEHESA), como centro propio de investigación científica y técnica, con integración plena en la organización de la Universidad de Extremadura, conforme a lo dispuesto en el artículo 32.1.a) de los Estatutos de la Universidad de Extremadura, aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo , modificados por Decreto 190/2010, de 1 de octubre.

Artículo 2. Régimen jurídico.

El Instituto Universitario de Investigación de la Dehesa de la Universidad de Extremadura (INDEHESA), se regirá por lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre , de Universidades y sus disposiciones de desarrollo, por el Decreto 65/2003, de 8 de mayo , por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Extremadura, la “Normativa para la creación de Institutos Universitarios de investigación de la Universidad de Extremadura”, aprobada en septiembre de 2008 y modificada en Consejo de Gobierno de la Universidad de Extremadura de fecha de 30 de enero de 2014, el presente decreto y el Reglamento de régimen interno.

Artículo 3. Inicio de las actividades.

Las actividades del Instituto Universitario de Investigación de la Dehesa de la Universidad de Extremadura (INDEHESA) comenzarán al día siguiente al de la publicación del presente decreto.

Artículo 4. Financiación.

La creación del Instituto Universitario de Investigación no supondrá coste alguno para la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Disposición adicional única. Información de la creación del Instituto.

A fin de dar cumplimiento al artículo 8.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, deberá informarse a la Conferencia General de Política Universitaria de la creación del referido Centro Universitario de Investigación.

Así mismo, para dar cumplimiento al artículo 33.1 del Decreto 65/2003, de 8 de mayo, deberá informar de la creación del citado Instituto Universitario de Investigación al Claustro de la Universidad.

Disposición final primera. Autorización.

Se faculta al titular de la Consejería de Educación y Empleo para dictar cuantas disposiciones resulten necesarias para el desarrollo y ejecución de las normas contenidas en el presente decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

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