Ayudas a percibir por las Entidades Locales de La Rioja, para el pago de indemnizaciones por razón de servicio a los miembros de las mismas y gastos de representación

 05/03/2015
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Resolución de 13 de febrero de 2015, de la Dirección General de Política Local por la que se convocan, para el año 2015, las ayudas a percibir por las Entidades Locales de La Rioja, para el pago de indemnizaciones por razón de servicio a los miembros de las mismas y gastos de representación (BOR de 4 de marzo de 2015) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 13 DE FEBRERO DE 2015, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA LOCAL POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA EL AÑO 2015, LAS AYUDAS A PERCIBIR POR LAS ENTIDADES LOCALES DE LA RIOJA, PARA EL PAGO DE INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DE SERVICIO A LOS MIEMBROS DE LAS MISMAS Y GASTOS DE REPRESENTACIÓN

Vista:

- La Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja.

- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones.

- El Decreto 14/2006, de 16 de febrero , regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

- La Orden 8/2014, de 19 de noviembre, de la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a percibir por las Entidades Locales de La Rioja, para el pago de indemnizaciones por razón del servicio a los miembros de las mismas y gastos de representación.

En virtud de las facultades que tengo conferidas,

RESUELVO:

Primero: Convocar, para el ejercicio 2015, las ayudas económicas reguladas por la Orden 8/2014, de 19 de noviembre, de la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a percibir por las Entidades Locales de La Rioja, para el pago de indemnizaciones por razón del servicio a los miembros de las mismas y gastos de representación. La concesión de estas ayudas estará condicionada a la existencia de crédito presupuestario para las mismas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2015.

Segundo: Financiar, conforme a esta convocatoria, los gastos corrientes que realicen las Corporaciones Locales en concepto de indemnizaciones por razón del servicio a los miembros de las mismas y gastos de representación. A tales efectos, se entenderá como gastos de representación los gastos por atenciones protocolarias y representativas que tengan consignación presupuestaria, de acuerdo con lo establecido en la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre , por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las Entidades Locales.

Tercero: Establecer el plazo para la presentación de las solicitudes de las ayudas desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja hasta el día 31 de marzo de 2015. Las solicitudes se cumplimentarán según lo dispuesto en el artículo 5 de la Orden de bases.

Cuarto: Dotar la cuantía máxima de las ayudas, para el ejercicio 2015, en 197.500 euros, que se imputará a las siguientes partidas presupuestarias:

- 0905.1221.46105 para los Municipios, con un crédito de 194.700 euros

- 0905.1221.46304 para las Entidades Locales Menores, con un crédito de 2.800 euros

La cuantía de las ayudas a percibir por las Entidades Locales beneficiarias se determinará de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Orden de bases, dentro de las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

Quinto: La forma de justificación y pago de las ayudas se ajustará a lo establecido en los artículos 8 y 9 de la Orden reguladora.

Sexto: La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Séptimo: La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Excmo. Consejero de Obras Públicas, Política Local y Territorial, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, y 53 de la Ley 4/2005, de 1 de julio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja; o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con el artículo 10.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

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