Modificación de los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo

 02/03/2015
 Compartir: 

Decreto Foral 6/2015, de 4 de febrero, por el que se modifican los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo, aprobados por el Decreto Foral 15/2012, de 14 de marzo (BON de 27 de febrero de 2015). Texto completo.

El Decreto Foral 6/2015 modifica los artículos 8 y 41 de los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo, aprobados por el Decreto Foral 15/2012, de 14 de marzo.

El Decreto Foral 15/2012, de 14 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo puede consultarse en el Libro Noveno del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

DECRETO FORAL 6/2015, DE 4 DE FEBRERO, POR EL QUE SE MODIFICAN LOS ESTATUTOS DEL SERVICIO NAVARRO DE EMPLEO, APROBADOS POR EL DECRETO FORAL 15/2012, DE 14 DE MARZO.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En noviembre de 2012, la Cámara de Comptos emite un informe que establece que debería evitarse que una entidad que forma parte de los órganos de dirección del Servicio Navarro de Empleo deba dar su conformidad previa a los convenios de colaboración de los que puede resultar beneficiaria. Esta atribución se confiere a la Comisión Permanente del Servicio Navarro de Empleo por el artículo 8.1.a) del Decreto Foral 15/2012, de 14 de marzo, que aprueba los Estatutos de este Organismo.

Por otra parte, resulta conveniente atribuir la defensa jurídica del Servicio Navarro de Empleo al Servicio de Asesoría Jurídica del Gobierno de Navarra.

En cumplimiento de estas consideraciones, el Consejo de Gobierno del Servicio Navarro de Empleo ha aprobado la modificación de los Estatutos para eliminar la atribución referida de la Comisión Permanente y atribuir la defensa jurídica del citado Organismo al Servicio de Asesoría Jurídica del Gobierno de Navarra.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día cuatro de febrero de dos mil quince,

DECRETO:

Artículo único.-Modificación de los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo, aprobados por Decreto Foral 15/2012, de 14 de marzo .

El artículo 8 queda redactado con el siguiente contenido:

Uno.-“Artículo 8. Atribuciones.

1. Corresponden a la Comisión Permanente las siguientes atribuciones:

a) Participar en la planificación de las políticas de empleo e informar favorablemente las normas reguladoras que las desarrollen.

b) Elaboración y seguimiento de las acciones, planes o programas que definan las políticas activas de empleo y cuantificarlas económicamente.

c) Proponer al Presidente del Consejo de Gobierno la convocatoria de las reuniones con el correspondiente orden del día.”

Dos.-Se adiciona un nuevo artículo con el siguiente contenido:

“Artículo 41. Defensa Jurídica.

El Asesoramiento jurídico y la representación y defensa en juicio del Servicio Navarro de Empleo corresponden a la Asesoría Jurídica del Gobierno de Navarra, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto Foral 12/2014, de 29 de enero.

Disposición derogatoria única.-Derogaciones normativas.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este Decreto Foral y, expresamente, el apartado a) del artículo 8.1 de los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo, aprobados por Decreto Foral 15/2012, de 14 de marzo .

Disposición final segunda.-Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  4. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  7. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  8. INAP: Matinal de la Escuela de Alta Dirección Pública del Estado
  9. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026
  10. Legislación: Subvenciones para el fomento del empleo en el medio rural, programa Galicia Suma Talento: Rural Activo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana