RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 283-2015, CONTRA LOS ARTÍCULOS 4 Y, POR CONEXIÓN, EL ANEXO I; 5; 6; 7.DOS; 59.3; 71; 72; 73; 92.3 Y 4; 98.5; 101; 102; 114.SIETE; 116.DOS; 117.DOS; Y LAS DISPOSICIONES FINALES PRIMERA Y SEGUNDA.3,.4,.6 Y.7 DE LA LEY 18/2014, DE 15 DE OCTUBRE, DE APROBACIÓN DE MEDIDAS URGENTES PARA EL CRECIMIENTO, LA COMPETITIVIDAD Y LA EFICIENCIA.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 17 de febrero actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 283-2015, promovido por el Gobierno de Cataluña, contra los artículos 4 y, por conexión, el Anexo I; 5; 6; 7.Dos; 59.3; 71; 72; 73; 92.3 y 4; 98.5; 101; 102; 114.Siete; 116.Dos; 117.Dos; y las disposiciones finales primera y segunda.3,.4,.6 y.7 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
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