Unidades organizativas

 23/02/2015
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Orden Foral 23/2015, de 30 de enero, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crean y suprimen determinadas unidades organizativas en el organismo autónomo Hacienda Tributaria de Navarra (BON de 20 de febrero de 2015). Texto completo.

ORDEN FORAL 23/2015, DE 30 DE ENERO, DE LA CONSEJERA DE ECONOMÍA, HACIENDA, INDUSTRIA Y EMPLEO, POR LA QUE SE CREAN Y SUPRIMEN DETERMINADAS UNIDADES ORGANIZATIVAS EN EL ORGANISMO AUTÓNOMO HACIENDA TRIBUTARIA DE NAVARRA

Mediante Decreto Foral 88/2014, de 24 de septiembre , se aprobaron los estatutos y se estableció la estructura orgánica del organismo autónomo Hacienda Tributaria de Navarra. Como consecuencia de las modificaciones introducidas por dicha norma, se considera necesario llevar a cabo algunos cambios en la estructura organizativa de niveles inferiores.

El artículo 63 de los Estatutos de Hacienda Tributaria de Navarra dispone que la creación, modificación y supresión de Negociados u otras unidades administrativas inferiores a Secciones se llevará a cabo por Orden Foral de la persona titular del Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, a propuesta del Director Gerente de la Hacienda Tributaria de Navarra, y previo informe de los Departamentos competentes en materia de Función Pública, Organización Administrativa y Economía.

En virtud de lo anterior, a propuesta del Director Gerente de Hacienda Tributaria de Navarra y vistos los informes favorables emitidos por la Dirección General de Función Pública y la Dirección General de Presupuestos,

ORDENO:

Artículo 1. Creación de Unidad Administrativa.

Se crea la Unidad Administrativa de Coordinación de Campaña, que se adscribe a la Sección de Campaña de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Patrimonio del Servicio de Asistencia e Información al Contribuyente.

La Unidad Administrativa de Coordinación de Campaña ejercerá las siguientes funciones:

-Colaboración y coordinación con la Sección Técnica y de control sobre los Impuestos del IRPF y sobre el Patrimonio en la elaboración de criterios de actuación necesarios para la confección, consulta y revisión de las declaraciones de IRPF y Patrimonio, así como para la resolución de impugnaciones, alegaciones y otras solicitudes referentes a IRPF y Patrimonio presentadas por los contribuyentes.

-Difusión entre el personal de la Sección de Campaña del IRPF y sobre el Patrimonio de los criterios establecidos por la Sección Técnica y de control sobre los Impuestos del IRPF y sobre el Patrimonio.

-Colaboración en la formación técnica impartida a las entidades colaboradoras para la campaña de la renta.

-Tramitación y propuesta de resolución de los expedientes presentados contra actos del procedimiento tributario de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y Patrimonio.

-Confección de las declaraciones por el procedimiento automático.

-Cualquier otra función que tenga asignada el resto del personal adscrito a la Sección de Campaña del IRPF y sobre el Patrimonio.

Artículo 2. Supresión de Unidad Administrativa.

Se suprime la Unidad Administrativa de Coordinación de Actuaciones Inspectoras 4, adscrita al Servicio de Inspección Tributaria.

Artículo 3. Supresión de Negociado.

Se suprime el Negociado de Ponencias de Valoración adscrito al Servicio de Riqueza Territorial.

Disposición derogatoria.-Normas derogadas.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Orden Foral.

Disposición final.-Entrada en vigor.

La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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