Sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña

 18/02/2015
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Orden SLT/27/2015, de 5 de febrero, por la que se actualiza el anexo del Decreto 196/2010, de 14 de diciembre, del sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT) (DOGC de 17 de febrero de 2015). Texto completo.

ORDEN SLT/27/2015, DE 5 DE FEBRERO, POR LA QUE SE ACTUALIZA EL ANEXO DEL DECRETO 196/2010, DE 14 DE DICIEMBRE, DEL SISTEMA SANITARIO INTEGRAL DE UTILIZACIÓN PÚBLICA DE CATALUÑA (SISCAT).

El Decreto 196/2010, de 14 de diciembre , del sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT) (DOGC núm. 5776, de 16.12.2010), establece que está integrado por la red de centros de internamiento de utilización pública de Cataluña, la red de centros y servicios sanitarios de ámbito comunitario de utilización pública de Cataluña y la red de servicios de transporte sanitario de utilización pública de Cataluña.

El artículo 10.2 del citado Decreto 196/2010, de 14 de diciembre, establece que el anexo de este Decreto recoge los centros que, de acuerdo con los criterios de planificación del mapa sanitario, sociosanitario y de salud pública, aprobado por el Gobierno de la Generalidad, integran dicha red; y a este efecto la disposición adicional primera del propio Decreto establece que la persona titular del Departamento de Salud puede actualizar la relación de centros de internamiento de utilización pública de Cataluña incluidos al anexo del Decreto, de acuerdo con los criterios de planificación del mapa sanitario, sociosanitario y de salud pública aprobado por el Gobierno de la Generalidad, y teniendo en cuenta la puesta en funcionamiento de nuevos centros y las necesidades asistenciales.

El Consejo de Dirección del Servicio Catalán de la Salud, en la sesión 1 de diciembre de 2014, ha aprobado la propuesta de incluir en el SISCAT el Espitau Val d’Aran, con la consiguientemente necesidad de actualizar la relación de centros de internamiento de este sistema. Asimismo, se actualiza el nombre del Centro Sociosanitario Mutuam Girona y del Centro Sociosanitario Mutuam Güell, que han pasado a denominarse Hospital Sociosanitario Mutuam Girona y Hospital Sociosanitario Mutuam Güell, respectivamente.

Por todo ello, de acuerdo con lo que establece la disposición adicional primera del Decreto 196/2010, de 14 de diciembre , del sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT),

Ordeno:

Artículo 1

Se modifica el anexo del Decreto 196/2010, de 14 de diciembre , del sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT), de forma que se añade al apartado agudos, subapartado Región Sanitaria Alt Pirineu i Aran, el siguiente centro:

Centro: Espitau Val d’Aran.

Dirección: calle Espitau, 5.

CP : 25530.

Localidad: Vielha e Mijaran.

Artículo 2

Se modifica el nombre del Centro Sociosanitario Mutuam Girona incluido en el apartado sociosanitarios, subapartado Región Sanitaria Girona, del anexo del Decreto 196/2010, de 14 de diciembre , del sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT), que actualmente se denomina Hospital Sociosanitario Mutuam Girona, y queda redactado de la siguiente forma:

Centro: Hospital Sociosanitario Mutuam Girona.

Dirección: avenida França, 64.

CP : 17007.

Localidad: Girona.

Artículo 3

Se modifica el nombre del Centro Sociosanitario Mutuam Güell incluido en el apartado sociosanitarios, subapartado Región Sanitaria Barcelona, del anexo del Decreto 196/2010, de 14 de diciembre , del sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT), que actualmente se denomina Hospital Sociosanitario Mutuam Güell, y queda redactado de la siguiente forma:

Centro: Hospital Sociosanitario Mutuam Güell.

Dirección: calle Mare de Déu de la Salut, 49.

CP : 08024.

Localidad: Barcelona.

Disposición final

Única

Esta Orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGC.

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