RESOLUCIÓN DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA, (R-19/2015), DEL 9 DE ENERO DE 2015, POR LA QUE SE CREA UN FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/199 9, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y el artículo 52 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo, disponen que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas únicamente podrá hacerse por medio de disposición de carácter general publicada en el Boletín Oficial del Estado o de la Comunidad Autónoma competente.
Asimismo, el artículo 53 del Real Decreto 1720/2007 establece que en relación con los ficheros de los que sean responsables las universidades públicas, para determinar la forma de la disposición y acuerdo, se estará a lo que disponga su legislación específica.
Por ello, en uso de las competencias reconocidas en los artículos 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, modificada parcialmente por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y 42 de los Estatutos de la Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 85/2004, publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de 6 septiembre,
Dispongo:
Primero
La creación del fichero de datos de carácter personal, cuyas características se relacionan en el anexo a esta resolución en los términos y condiciones establecidos por la Ley 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Segundo
Ordenar la adopción de las medidas de índole técnica y organizativa necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y su empleo conforme a las finalidades para las que fueron recogidos y eviten su alteración, pérdida o tratamiento no autorizado.
Tercero
Los interesados cuyos datos de carácter personal estén incluidos en el fichero regulado por la presente resolución, podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación ante la Secretaría General de la Universidad de Murcia (Avda. teniente Flomesta 5, edificio de la Convalecencia; 30003; Murcia).
Cuarto
El fichero de datos de carácter personal que se crea mediante esta resolución será notificado a la Agencia Española de Protección de Datos para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos.
ANEXO OMITIDO
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