Revisión extraordinaria del Plan de Protección Civil de Euskadi

 23/01/2015
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Decreto 1/2015, de 13 de enero, por el que se aprueba la revisión extraordinaria del Plan de Protección Civil de Euskadi, “Larrialdiei Aurregiteko Bidea-Labi” (BOPV de 22 de enero de 2015). Texto completo.

DECRETO 1/2015, DE 13 DE ENERO, POR EL QUE SE APRUEBA LA REVISIÓN EXTRAORDINARIA DEL PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EUSKADI, “LARRIALDIEI AURREGITEKO BIDEA-LABI”.

El Plan de Protección Civil de Euskadi, “Larrialdiei Aurregiteko Bidea-LABI” se aprobó por Acuerdo del Consejo del Gobierno en sesión celebrada el 24 de junio de 1997, tras haber sido informado favorablemente por la Comisión de Protección Civil de Euskadi.

Dicho Plan constituye el instrumento fundamental de ordenación de la gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de Euskadi y, en tal sentido, establece los criterios generales a los que debe ajustarse la planificación en Euskadi, configurando el proceso global de la planificación de protección civil en sus diferentes niveles institucionales; así como lo que resulta propiamente el plan territorial de protección civil de Euskadi, como marco organizativo general o multirriesgo para hacer frente a las emergencias de tipo catastrófico, no sujetas a planificación especial, que requieran de una dirección o coordinación autonómica.

Dicho Plan contempla los mecanismos de actualización y revisión de su vigencia y operatividad, ya mediante revisiones anuales para introducir alteraciones de informaciones referentes a los medios y recursos o mejoras advertidas en el desarrollo del programa de mantenimiento, ya mediante revisiones extraordinarias como consecuencia de experiencias adquiridas, cambios normativos o en la organización que afecte a aspectos fundamentales del Plan.

Teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde su implantación, la experiencia adquirida durante ese periodo aconseja modificar la operatividad del LABI para armonizar los contenidos de los diferentes planes de protección civil de modo que en todos ellos se prevean las mismas fases de la emergencia. Tal revisión afecta a la definición y activación de las fases de alerta, emergencia y recuperación.

En su virtud, previo informe de la Comisión de Protección Civil de Euskadi, a propuesta de la Consejera de Seguridad y previa deliberación y aprobación del Gobierno en su sesión celebrada el día 13 de enero de 2015,

DISPONGO:

Artículo único.- Revisión extraordinaria del Plan de Protección Civil de Euskadi (LABI).

1.- Aprobar la revisión extraordinaria del Plan de Protección Civil de Euskadi (LABI), aprobado por el Decreto 153/1997, de 24 de junio, por el que se aprueba el Plan de Protección Civil de Euskadi, Larrialdiei Aurregiteko Bidea-LABI y se regulan los mecanismos de integración del sistema vasco de atención de emergencias.

2.- El Capítulo III del Título V del Plan Protección Civil de la Comunidad Autónoma, relativo a la Operatividad del plan, pasa a tener, como resultado de la revisión a que se refiere el apartado anterior, la redacción que se contiene en el anexo a este Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

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