Municipios y período de aplicación del procedimiento de regularización catastral

 26/11/2014
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Resolución de 21 de noviembre de 2014, de la Dirección General del Catastro, por la que se amplían los plazos previstos en las de 5 de marzo, 22 de abril, 9 y 30 de junio de 2014, por las que se determinan municipios y período de aplicación del procedimiento de regularización catastral (BOE de 26 de noviembre de 2014). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 21 DE NOVIEMBRE DE 2014, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CATASTRO, POR LA QUE SE AMPLÍAN LOS PLAZOS PREVISTOS EN LAS DE 5 DE MARZO, 22 DE ABRIL, 9 Y 30 DE JUNIO DE 2014, POR LAS QUE SE DETERMINAN MUNICIPIOS Y PERÍODO DE APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE REGULARIZACIÓN CATASTRAL.

Mediante Resolución de la Dirección General del Catastro de 22 de abril (BOE número 105, de 30 de abril), se señalan 446 municipios en los que el procedimiento de regularización catastral es de aplicación hasta el 30 de noviembre de 2014. Las Resoluciones de la Dirección General del Catastro de 9 de junio y de 30 de junio (BOE número 145, de 16 de junio y número 164, de 7 de julio), determinan respectivamente 505 y 522 municipios en los que este procedimiento es de aplicación hasta el 30 de diciembre de 2014.

La complejidad de las actuaciones desarrolladas en el procedimiento de regularización catastral para comprobar la adecuación de la concordancia de las descripciones catastrales de los bienes inmuebles con la realidad inmobiliaria, dado el elevado número de municipios a comprobar y su dispersión geográfica, determina con carácter general que los plazos previstos en las mencionadas Resoluciones resulten insuficientes.

Esta misma complejidad se aprecia en cuatro de los municipios cuyo plazo para la aplicación del procedimiento viene determinado en la Resolución de la Dirección General del Catastro de 1 de octubre de 2014, por la que se amplía parcialmente el plazo previsto en la Resolución de la Dirección General del Catastro de 5 de marzo de 2014 (BOE número 59, de 10 de marzo).

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional tercera del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo (BOE número 58, de 8 de marzo), y en el artículo 4.1 del Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (BOE número 24, de 28 de enero).

Esta Dirección General resuelve:

Primero.

Ampliar el plazo para la aplicación del procedimiento de regularización catastral en los municipios del ámbito territorial de las Gerencias Regionales y Territoriales del Catastro determinados en la Resolución de la Dirección General del Catastro de 22 de abril de 2014 hasta el 30 de diciembre de 2014, con la excepción de los siguientes, en los que el procedimiento de regularización catastral será de aplicación hasta el 30 de julio de 2015:

Gerencia Territorial de Alicante:

Jacarilla.

Gerencia Territorial de Almería:

Albox, Cantoria, El Ejido, La Mojonera.

Gerencia Regional de Cataluña-Barcelona:

Lliçà d`Amunt.

Gerencia Territorial de Cádiz:

Arcos de la Frontera, Bornos, Olvera, Prado del Rey, Sanlúcar de Barrameda.

Gerencia Territorial de Ciudad Real:

Socuéllamos.

Gerencia Territorial de Guadalajara:

Brihuega.

Gerencia Territorial de Huelva:

Cartaya.

Gerencia Regional de Canarias-Las Palmas:

Gáldar, Tuineje.

Gerencia Territorial de Jaén:

Albanchez de Mágina, Arquillos, Bedmar y Garcíez, Chilluévar, La Iruela, Navas de San Juan, Santisteban del Puerto, Los Villares.

Gerencia Territorial de Lugo:

Lugo.

Gerencia Regional de Madrid:

Cercedilla.

Gerencia Territorial de Ourense:

Baños de Molgas.

Gerencia Territorial de Santa Cruz de Tenerife:

Candelaria.

Gerencia Regional de Andalucía-Sevilla:

El Castillo de las Guardas, Montellano, Tocina.

Gerencia Territorial de Tarragona:

Sant Jaume dels Domenys, Camarles.

Gerencia Regional de Castilla La Mancha-Toledo:

Madridejos.

Gerencia Regional de Valencia:

Buñol, Moncada, Montserrat.

Segundo.

Ampliar hasta el 30 de octubre de 2015 el plazo para la aplicación del procedimiento de regularización catastral en los municipios del ámbito territorial de las Gerencias Regionales y Territoriales del Catastro, determinados en las Resoluciones de la Dirección General del Catastro de 9 de junio y de 30 de junio de 2014.

Tercero.

Ampliar el plazo determinado en la Resolución de la Dirección General del Catastro de 5 de marzo de 2014 hasta el 30 de diciembre de 2014, en los siguientes municipios:

Gerencia Territorial de Cádiz:

Los Barrios, Medina-Sidonia.

Gerencia Territorial de Córdoba:

Belalcázar, Santa Eufemia.

Gerencia Regional de Andalucía-Sevilla:

Arahal.

Gerencia Territorial de Pontevedra:

Pazos de Borbén.

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