Implantación del procedimiento electrónico de gestión de los procedimientos en materia de contratación pública

 21/11/2014
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Orden Foral 214/2014, de 11 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueba la implantación del procedimiento electrónico de gestión de los procedimientos en materia de contratación pública en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (BON de 20 de noviembre de 2014). Texto completo.

ORDEN FORAL 214/2014, DE 11 DE NOVIEMBRE, DEL CONSEJERO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR, POR LA QUE SE APRUEBA LA IMPLANTACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO DE GESTIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA EN LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA.

La Ley Foral 11/2007, de 4 de abril , para la implantación de la Administración Electrónica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, establece que la implantación de medios electrónicos en la tramitación de procedimientos por la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos públicos se efectuará progresivamente y estará sujeta a la previa aprobación de los correspondientes procedimientos administrativos incorporando las medidas adecuadas a la aplicación de los citados medios electrónicos.

Distintos Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en colaboración con la Dirección General de Función Pública y la Dirección General de Informática y Telecomunicaciones, han habilitado el procedimiento electrónico para la gestión de los “procedimientos en materia de contratación pública”. Consta en el expediente el informe de ambas Direcciones Generales garantizando el cumplimiento de las condiciones señaladas en el artículo 2.3 de la citada Ley Foral 11/2007.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 de la Ley Foral 11/2007, de 4 de abril, anteriormente citada,

ORDENO:

1.° Aprobar la implantación del procedimiento electrónico para la gestión de los “procedimientos en materia de Contratación Pública”.

2.° Ordenar la publicación de esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra y en el Portal Web de Internet del Gobierno de Navarra, donde se publicitarán las especificaciones técnicas necesarias para el acceso.

3.º Trasladar esta Orden Foral a las Secretarías Generales Técnicas de todos los Departamentos del Gobierno de Navarra, a la Dirección General de Función Pública y a la Dirección General de Informática y Telecomunicaciones, a los efectos oportunos.

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