Impugnación de disposiciones autonómicas (Título V LOTC) n.º 6415-2014

 05/11/2014
 Compartir: 

Impugnación de disposiciones autonómicas (Título V LOTC) n.º 6415-2014, en relación con los artículos 3 y 4 del Capítulo I y 9 al 26 del Capítulo III del Anexo del Decreto del Gobierno de Canarias 95/2014, de 25 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de las consultas a la ciudadanía en asuntos de interés general de competencia de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de las disposiciones derogatoria única y finales primera y segunda de dicho Decreto (BOE de 5 de noviembre de 2014). Texto completo.

IMPUGNACIÓN DE DISPOSICIONES AUTONÓMICAS (TÍTULO V LOTC) N.º 6415-2014, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 3 Y 4 DEL CAPÍTULO I Y 9 AL 26 DEL CAPÍTULO III DEL ANEXO DEL DECRETO DEL GOBIERNO DE CANARIAS 95/2014, DE 25 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LAS CONSULTAS A LA CIUDADANÍA EN ASUNTOS DE INTERÉS GENERAL DE COMPETENCIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, ASÍ COMO DE LAS DISPOSICIONES DEROGATORIA ÚNICA Y FINALES PRIMERA Y SEGUNDA DE DICHO DECRETO.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 4 de noviembre actual, ha acordado admitir a trámite la impugnación de disposiciones autonómicas (título V LOTC) número 6415-2014, promovida por el Gobierno de la Nación, en relación con los artículos 3 y 4 del capítulo I y 9 al 26 del capítulo III del anexo del Decreto del Gobierno de Canarias 95/2014, de 25 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de las consultas a la ciudadanía en asuntos de interés general de competencia de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de las disposiciones derogatoria única y finales primera y segunda de dicho Decreto. Y se hace constar que por el Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados y conlleva la de cualquier actuación que traiga causa de los mismos desde la fecha de interposición de la impugnación -27 de octubre de 2014-.

Madrid, 4 de noviembre de 2014.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Ágora

Ágora, Biblioteca online de recursos de la Administración Pública

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana