Subvenciones por daños en infraestructuras municipales en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cataluña

 03/11/2014
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Resolución de 28 de octubre de 2014, de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se acuerda la asignación de subvenciones por daños en infraestructuras municipales en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cataluña, prevista en el artículo 7 de la Orden HAP/1950/2013, de 15 de octubre (DOGC de 3 de noviembre de 2014). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 28 DE OCTUBRE DE 2014, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE COMPETENCIAS CON LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y LAS ENTIDADES LOCALES, POR LA QUE SE ACUERDA LA ASIGNACIÓN DE SUBVENCIONES POR DAÑOS EN INFRAESTRUCTURAS MUNICIPALES EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA, PREVISTA EN EL ARTÍCULO 7 DE LA ORDEN HAP/1950/2013, DE 15 DE OCTUBRE.

En el “Boletín Oficial del Estado” número 181, de fecha 26 de julio de 2014, fue publicada la Orden HAP/1352/2014, de 24 de julio, por la que se modifica la Orden HAP/1950/2013, de 15 de octubre, por la que se establece el procedimiento de concesión de subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria de las diputaciones provinciales y cabildos previstas en la Ley 14/2012, de 26 de diciembre.

Dicha modificación añade un nuevo apartado g) a la disposición adicional única “Subvenciones a favor de entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cataluña”, cuya finalidad es tipificar el procedimiento de gestión de estas subvenciones que con carácter supletorio se aplica en la Comunidad Autónoma de Cataluña, una vez transcurrido el plazo indicado en el apartado a) de la disposición adicional única de la Orden HAP/1950/2013, sin que se haya remitido la relación de obras para las que se solicita subvención.

Puesto que la Generalidad de Cataluña no realizó gestión alguna en relación con las solicitudes de subvención presentadas por las entidades locales incluidas en su ámbito territorial, al amparo de lo previsto en la Orden HAP/1352/2014, de 24 de julio, esta Dirección General impulsó las mismas continuando con la tramitación establecida con carácter general en la orden HAP/1950/2013, de 15 de octubre.

Habiendo sido comprobadas por las subdelegaciones del Gobierno que las solicitudes de subvención cumplían los requisitos previstos en el artículo 5 de la Orden HAP/1950/2013, éstas fueron remitidas a la Dirección General en el modelo normalizado Anexo I, que detalla los proyectos susceptibles de obtener financiación, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 7.1 de la citada orden.

Así mismo, con fecha 27 de agosto de 2013 se aprobó un crédito extraordinario por importe de 71.460.000 euros, para hacer frente a los gastos originados por la asignación de estas subvenciones.

En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.2 de la orden HAP/1950/2013, de 15 de octubre, esta Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por delegación del Secretario de Estado de Administraciones Públicas, acuerda:

Primero.

Resolver con cargo a la aplicación presupuestaria 15.27.942A761 de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2014, incorporado por expediente 14/14, la asignación de subvenciones a percibir, por importe total de 1.243.263,10 €, para atender la cofinanciación de los proyectos de obras por daños en infraestructuras municipales y red viaria de las diputaciones provinciales y cabildos previstas en la Ley 14/2012, de 26 de diciembre, según relación anexo I.

Segundo.

Desestimar la asignación de subvención a los proyectos relacionados en el anexo II, y por las causas que para cada uno de ellos se indican.

Tercero.

Publicar la presente resolución en el “Boletín Oficial del Estado” y en la dirección electrónica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Pública (www.seap.minhap.gob.es) haciendo constar que, contra la misma, no cabrá interponer recurso alguno en vía administrativa. Sin embargo, podrá formularse, potestativamente y con carácter previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo, requerimiento para la anulación o revocación de la misma, conforme a lo dispuesto en el artículo 44 , en relación con el 46.6, ambos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde la fecha en que se publique la presente resolución. Dicho requerimiento previo se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente a su recepción, esta Dirección General no se pronunciase expresamente.

Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, la entidad local interesada podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, o a aquel en que se notifique el acuerdo sobre el requerimiento previo o el mismo deba entenderse rechazado por ausencia de resolución expresa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

ANEXO I

Número de proyecto Entidad Importe del proyecto solicitado - Euros Importe subvención asignada - Euros Observaciones
Diputación de Girona
293 Ayuntamiento de Terrades 51.697,43 25.848,71  
1107 Ayuntamiento de Biure 9.100,62 1.507,88 1
1110 Ayuntamiento de Biure 7.653,95 2.202,84 3
1112 Ayuntamiento de Biure 5.264,46 1.769,45 3
1114 Ayuntamiento de Biure 3.240,00 1.089,00 3
Total 76.956,46 32.417,88  
Diputación de Lleida
38 Ayuntamiento de Torregrossa 4.162,30 2.081,15  
86 Ayuntamiento de Borges Blanques, Les 43.656,80 21.828,40  
167 Ayuntamiento de Corbins 5.996,30 2.998,15  
262 Diputación Provincial de Lleida 239.866,32 119.933,16  
263 Diputación Provincial de Lleida 153.258,99 76.629,49  
267 Diputación Provincial de Lleida 78.687,13 39.343,56  
268 Diputación Provincial de Lleida 89.598,26 39.523,77 2,4
270 Diputación Provincial de Lleida 60.495,22 30.247,61  
367 Ayuntamiento de Barbens 10.890,00 5.445,00  
369 Ayuntamiento de Barbens 13.027,59 6.513,79  
370 Ayuntamiento de Barbens 7.865,00 3.932,50  
498 Ayuntamiento de Mollerussa 52.946,58 26.473,29  
499 Ayuntamiento de Menàrguens 36.378,75 18.189,37  
507 Ayuntamiento de Menàrguens 30.525,88 15.262,94  
512 Ayuntamiento de Menàrguens 17.278,80 8.639,40  
514 Ayuntamiento de Mollerussa 32.267,97 16.133,98  
519 Ayuntamiento de Mollerussa 27.053,46 13.526,73  
567 Ayuntamiento de Agramunt 178.756,73 76.995,50 1,4
612 Ayuntamiento de Alamús, Els 14.164,16 5.282,86 1
667 Ayuntamiento de Miralcamp 7.478,53 3.739,26  
690 Ayuntamiento de Tiurana 10.200,00 5.100,00  
821 Ayuntamiento de Fondarella 7.348,14 3.674,07  
1093 Ayuntamiento de Baronia de Rialb, La 18.757,42 8.893,50 4
1199 Ayuntamiento de Alfarràs 26.041,62 13.020,81  
1209 Ayuntamiento de Gimenells i el Pla de la Font 51.239,24 25.619,62  
Total 1.217.941,19 589.027,91  
Diputación de Tarragona
21 Ayuntamiento de Xerta 174.671,75 87.335,87  
35 Ayuntamiento de Galera, La 366.867,60 183.433,80  
36 Ayuntamiento de Paüls 13.890,80 6.945,40  
59 Ayuntamiento de Alfara de Carles 16.184,99 8.092,49  
189 Ayuntamiento de Roquetes 241.190,56 120.595,28  
550 Ayuntamiento de Tortosa 130.233,56 65.116,78  
627 Jesús, Entidad Local Menor 9.205,12 4.602,56  
764 Ayuntamiento de Ulldecona 6.098,40 3.049,20  
775 Ayuntamiento de Ulldecona 10.180,35 5.090,17  
781 Ayuntamiento de Ulldecona 8.876,52 4.438,26  
786 Ayuntamiento de Ulldecona 4.252,75 2.126,37  
793 Ayuntamiento de Ulldecona 5.028,97 2.514,48  
799 Ayuntamiento de Ulldecona 9.508,18 4.754,09  
803 Ayuntamiento de Ulldecona 9.508,18 4.754,09  
808 Ayuntamiento de Ulldecona 8.903,77 4.451,88  
812 Ayuntamiento de Ulldecona 5.317,95 2.658,97  
817 Ayuntamiento de Ulldecona 1.577,99 788,34 4
879 Ayuntamiento de Aldover 28.927,17 14.463,58  
903 Ayuntamiento de Ulldecona 1.972,66 986,33  
905 Ayuntamiento de Ulldecona 2.689,66 1.344,83  
909 Ayuntamiento de Ulldecona 8.755,46 4.377,73  
914 Ayuntamiento de Ulldecona 9.017,23 4.508,61  
926 Ayuntamiento de Ulldecona 3.798,23 1.899,11  
935 Ayuntamiento de Ulldecona 2.617,74 1.308,87  
945 Ayuntamiento de Ulldecona 11.500,48 5.750,24  
958 Ayuntamiento de Sénia, La 13.519,94 7.320,95 4
962 Ayuntamiento de Ulldecona 14.630,93 7.315,46  
968 Ayuntamiento de Ulldecona 11.500,48 5.750,24  
983 Ayuntamiento de Ulldecona 11.130,43 5.565,21  
992 Ayuntamiento de Ulldecona 6.008,18 3.004,09  
1001 Ayuntamiento de Ulldecona 6.585,21 3.292,60  
1003 Ayuntamiento de Ulldecona 5.611,11 2.805,55  
1012 Ayuntamiento de Ulldecona 5.129,50 2.564,75  
1025 Ayuntamiento de Ulldecona 3.412,85 1.706,42  
1032 Ayuntamiento de Ulldecona 2.973,79 1.486,89  
1040 Ayuntamiento de Ulldecona 2.302,40 1.151,20  
1046 Ayuntamiento de Ulldecona 1.669,57 834,78  
1051 Ayuntamiento de Ulldecona 1.131,41 565,70  
1055 Ayuntamiento de Ulldecona 814,69 407,34  
1097 Ayuntamiento de Sénia, La 65.317,61 32.658,80  
Total 1.242.514,17 621.817,31  
Total general 2.537.411,82 1.243.263,10  

Observaciones:

1.º Descontadas las partidas que no responden a los fines de la subvención de conformidad con el artículo 3 de la Orden HAP/1950/2013, de 15 de octubre.

2.º Descontadas las partidas que no responden al ámbito territorial de la Orden HAP/1950/2013, de 15 de octubre.

3.º Reducido el presupuesto en atención al límite de la subvención estatal fijado en el artículo 8.1 y/o 4, de la Orden HAP/1950/2013, de 15 de octubre.

4.º La modificación del importe obedece a correcciones de errores materiales, de hecho o aritméticos.

ANEXO II

Número de proyecto Entidad Motivo desestimación
Diputación de Girona
744 Ayuntamiento de Boadella i les Escaules 3
745 Ayuntamiento de Boadella i les Escaules 3
746 Ayuntamiento de Boadella i les Escaules 3
747 Ayuntamiento de Boadella i les Escaules 3
765 Ayuntamiento de Agullana 3
1115 Ayuntamiento de Biure 3
1116 Ayuntamiento de Biure 1
Diputación de Lleida
28 Ayuntamiento de Golmés 1
117 Ayuntamiento de Artesa de Lleida 1
303 Ayuntamiento de Castellserà 1
487 Ayuntamiento de Mollerussa 1
506 Ayuntamiento de Palau d'Anglesola, El 1
864 Ayuntamiento de Fondarella 1
1175 Ayuntamiento de Albesa 3
Diputación de Tarragona
757 Ayuntamiento de Sénia, La 2

Observaciones:

1.º El objeto de solicitud no se encuentra dentro de los fines subvencionables señalados en el artículo 3 de la Orden HAP/1950/2013, 15 de octubre (BOE número 254, de 23 de octubre), al no responder al concepto de contrato de obras previsto en el artículo 6 Real Decreto-ley 3/2011, de 14 de noviembre (BOE número 276, de 16 de noviembre).

2.º Desistimiento de la entidad solicitante.

3.º Proyectos no incluidos en el anexo I como susceptibles de percibir subvención, una vez comprobadas la solicitud y documentación, de conformidad con lo previsto en los artículo 3 y 5 de la Orden HAP/1950/2013, de 15 de octubre.

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