Fiestas laborales

 22/09/2014
 Compartir: 

Decreto 109/2014, de 18 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen las fiestas laborales para el año 2015 en la Comunidad de Madrid (BOCAM de 19 de septiembre de 2014). Texto completo.

DECRETO 109/2014, DE 18 DE SEPTIEMBRE, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS FIESTAS LABORALES PARA EL AÑO 2015 EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

El Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto-Legislativo 1/1995, de 24 de marzo ; la Ley 8/1984, de 25 de abril , declarando fiesta de la Comunidad de Madrid la jornada del 2 de mayo, y el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, modificado por el artículo único del Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre, y declarado expresamente en vigor por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre , establecen las decisiones que puede adoptar la Comunidad de Madrid en relación con la celebración en su territorio de las fiestas laborales de ámbito nacional.

En su virtud, oídos los Grupos Parlamentarios de la Asamblea de Madrid, la Iglesia Católica y las instituciones económicas y sociales representativas en la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 18 de septiembre de 2014,

DISPONE

Artículo único

Calendario laboral para el año 2015

El calendario laboral resultante para el año 2015 en el ámbito de la Comunidad de Madrid es el que se relaciona en el Anexo que se incorpora al presente Decreto, sin perjuicio de las dos fiestas locales que, además corresponda celebrar en cada municipio.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Comunicación al Ministerio de Empleo y Seguridad Social

De lo dispuesto en el presente Decreto se darán traslado al Ministerio de Empleo y Seguridad Social antes del 30 de septiembre de 2014.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Entrada en vigor y publicación

En presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO

FIESTAS LABORALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL AÑO 20151

- 1 de enero (jueves), Año Nuevo.

- 6 de enero (martes), Epifanía del Señor.

- 19 de marzo (jueves), San José.

- 2 de abril (jueves), Jueves Santo.

- 3 de abril (viernes), Viernes Santo.

- 1 de mayo (viernes), Fiesta del Trabajo.

- 2 de mayo (sábado), Fiesta de la Comunidad de Madrid.

- 4 de junio (jueves), Fiesta del Corpus Christi.

- 15 de agosto (sábado), Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre (lunes), Fiesta Nacional de España.

- 8 de diciembre (martes), Día de la Inmaculada Concepción.

- 25 de diciembre (viernes), Natividad del Señor.

1 Además de las doce fiestas relacionadas, se celebrarán en cada municipio dos fiestas locales.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  7. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  8. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  9. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  10. Legislación: Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana