Normas reguladoras de la elección del Consejo de Gobierno de la Universidad de Valladolid

 18/09/2014
 Compartir: 

Resolución de 10 de septiembre de 2014, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se acuerda la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de septiembre de 2014, por el que se modifican las Normas reguladoras de la elección del Consejo de Gobierno de la Universidad de Valladolid (BOCYL de 17 de septiembre de 2014). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2014, DEL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID, POR LA QUE SE ACUERDA LA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 5 DE SEPTIEMBRE DE 2014, POR EL QUE SE MODIFICAN LAS NORMAS REGULADORAS DE LA ELECCIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID.

La evolución de la calificación jurídica de los centros de esta Universidad, en el marco de las previsiones de Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre , de Universidades, impone una adaptación de las Normas Reguladoras de la Elección del Consejo de Gobierno de la Universidad de Valladolid, aprobadas por Acuerdo del entonces Consejo de Gobierno Provisional, de 28 de septiembre de 2004, que garantice la coherencia con las disposiciones del Reglamento de funcionamiento interno de dicho órgano colegiado; es preciso subrayar que esta última norma, en defecto de unos Estatutos adaptados a dicha ley, incorpora la regulación vigente sobre la composición de dicho órgano en esta Universidad, modulando la representación en el mismo de los diferentes sectores y centros universitarios.

A este fin, por razones de economía procedimental, parece plenamente justificado el recurso a la técnica de la remisión normativa, que evitará en un futuro la duplicidad en la actuación de este Consejo de Gobierno, para abordar las modificaciones, en esta materia, del régimen jurídico de este importante órgano.

Por ello, en ejercicio de la competencia prevista en el artículo 87.1 de los Estatutos de la Universidad de Valladolid, este Consejo de Gobierno, procede, mediante el presente acuerdo, a la modificación de las Normas reguladoras de la elección del Consejo de Gobierno de la Universidad de Valladolid, aprobadas por acuerdo del entonces Consejo de Gobierno Provisional de 28 de septiembre de 2004, en los términos que se expresan a continuación.

Artículo único. Modificación de las Normas reguladoras de la elección del Consejo de Gobierno de la Universidad de Valladolid, aprobadas por Acuerdo del entonces Consejo de Gobierno Provisional, de 28 de septiembre de 2004.

Uno. El párrafo con la letra D del artículo 2 queda redactado en la forma siguiente:

“D. 15 representantes elegidos entre los Decanos y Directores de Facultades y Escuelas integradas de la Universidad de Valladolid, los Directores de Departamento y los Directores de Institutos Universitarios de Investigación, de los que 9 serán Decanos o Directores de Facultades y Escuelas, distribuidos conforme a lo previsto en el artículo 5.1 del Reglamento de funcionamiento interno del Consejo de Gobierno, 5 serán Directores de Departamento y 1 Director de Instituto Universitario de Investigación.”

Dos. El apartado 6 del artículo 4 queda redactado en la forma siguiente:

“6. Las candidaturas del grupo de Decanos y Directores de Centro se presentarán subdivididas en los dos apartados a que se refiere el artículo 5.1 del Reglamento de funcionamiento interno del Consejo de Gobierno, atendiendo en cuanto al número de candidatos a las cifras determinadas conforme a dicho precepto; así mismo, se incluirá un suplente en cada apartado.”

Tres. El párrafo con letra a) del apartado 8 del artículo 4 queda redactado en la forma siguiente:

“a) Grupo de Decanos y Directores de Centro: 6, distribuidos proporcionalmente en los dos apartados a que se refiere el artículo 5.1 del Reglamento de funcionamiento interno del Consejo de Gobierno; la determinación de las cifras concretas a que dé lugar la aplicación de esta regla de proporcionalidad se aprobará por el Rector, a propuesta de la Comisión Electoral correspondiente, como parte integrante del acuerdo de convocatoria de las elecciones para designar a estos representantes.”

Disposición final. Entrada en vigor y publicidad.

1. El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su aprobación por el Consejo de Gobierno, y se remitirá para su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León” y en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Universidad de Valladolid.

2. Con carácter informativo, por la Secretaría General se procederá a la publicación del texto consolidado de las Normas reguladoras de la elección del Consejo de Gobierno de la Universidad de Valladolid, en el apartado correspondiente de la página web de esta institución.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  4. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  7. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  8. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  9. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  10. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana