Registro de prestadores de servicios de comunicación audiovisual

 02/09/2014
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Orden de 13 de agosto de 2014, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se modifica el anexo I del Decreto 1/2013, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se crea y regula el Registro de prestadores de servicios de comunicación audiovisual de Aragón (BOA de 1 de septiembre de 2014). Texto completo.

ORDEN DE 13 DE AGOSTO DE 2014, DEL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO I DEL DECRETO 1/2013, DE 9 DE ENERO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE CREA Y REGULA EL REGISTRO DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL DE ARAGÓN.

La disposición final segunda del Decreto 1/2013, de 9 de enero , del Gobierno de Aragón, por el que se crea y regula el Registro de prestadores de servicios de comunicación audiovisual de Aragón, faculta al Consejero del departamento competente en materia de medios de comunicación social y servicios de contenido audiovisual para modificar su anexo I.

Según la letra d) del artículo 1 del artículo 315/2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Justicia, corresponde al Departamento de Presidencia y Justicia el ejercicio de las competencias que ostenta la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de medios de comunicación social y servicios de contenido audiovisual.

En consecuencia, y con el fin de adecuar el anexo I del citado Decreto a las especificaciones derivadas de la implementación del Plan de Administración Electrónica de la Comunidad Autónoma de Aragón, para hacer posible que la inscripción en el Registro de prestadores de servicios de comunicación audiovisual de Aragón constituya un procedimiento que admita la tramitación telemática utilizando el Entorno de Tramitación Electrónica (ETT) del Gobierno de Aragón, resuelvo:

Artículo único. Modificación del anexo I del Decreto 1/2013, de 9 de enero .

El anexo I del Decreto 1/2013, de 9 de enero , del Gobierno de Aragón, por el que se crea y regula el Registro de prestadores de servicios de comunicación audiovisual de Aragón, se sustituye por el que se acompaña a la presente orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Anexo

Omitido.

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