Subvenciones en el Sector Público

 25/08/2014
 Compartir: 

Orden 12/2014, de 21 de agosto, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por la que se modifica la Orden de 4 de abril de 2006, de la Consejería de Hacienda y Empleo, reguladora de la concesión directa de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR de 22 de agosto de 2014) Texto completo.

ORDEN 12/2014, DE 21 DE AGOSTO, DE LA CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 4 DE ABRIL DE 2006, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y EMPLEO, REGULADORA DE LA CONCESIÓN DIRECTA DE LAS SUBVENCIONES EN EL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

La Consejería de Industria, Innovación y Empleo está tramitando la norma reguladora de una línea de subvenciones de concesión directa.

El Decreto 14/2006, de 16 de febrero , regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, establece en su artículo 28.quater.1 que los procedimientos para la concesión directa de subvenciones deberán estar regulados en una Orden del Consejero de Hacienda. En cumplimiento de dicho precepto, se dictó la Orden de 4 de abril de 2006, reguladora de la concesión directa de subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja. La modificación del régimen de concesión obliga a incluir con carácter previo estas ayudas entre las contempladas en la citada Orden o a modificar las previsiones existentes.

Durante la preparación de esta Orden se han recibido también peticiones de actualización de las Consejerías de Salud y Servicios Sociales y de Obras Públicas, Política Local y Territorial, que se han incorporado.

Tomando en consideración todo lo anteriormente expuesto, una vez emitidos los informes preceptivos, apruebo la siguiente

Orden

Artículo único. Modificación del anexo de la Orden de 4 de abril de 2006, reguladora de la concesión directa de subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Se modifica el anexo de la Orden de 4 de abril de 2006, reguladora de la concesión directa de subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, al que se añaden las líneas de subvenciones previstas en el anexo I, se suprimen las indicadas en el anexo II y en el que se modifican la denominación de la línea o el centro gestor de las que se incluyen en el anexo III

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Anexos

Omitidos.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Ágora

Ágora, Biblioteca online de recursos de la Administración Pública

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana