Procedimientos, trámites y comunicaciones del ámbito de competencia del registro electrónico del Ministerio de Economía y Competitividad

 25/07/2014
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Resolución de 23 de julio de 2014, de la Subsecretaría, por la que se aprueban nuevos procedimientos, trámites y comunicaciones del ámbito de competencia del registro electrónico del Ministerio de Economía y Competitividad (BOE de 25 de julio de 2014). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 23 DE JULIO DE 2014, DE LA SUBSECRETARÍA, POR LA QUE SE APRUEBAN NUEVOS PROCEDIMIENTOS, TRÁMITES Y COMUNICACIONES DEL ÁMBITO DE COMPETENCIA DEL REGISTRO ELECTRÓNICO DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD.

La disposición final primera de la Orden ECC/523/2013, de 26 de marzo , por la que se crea y regula el Registro electrónico del Ministerio de Economía y Competitividad, habilita al titular de la Subsecretaría de Economía y Competitividad para incluir nuevos procedimientos, trámites y comunicaciones a los que será de aplicación lo dispuesto en dicha Orden. Por lo que se refiere a los procedimientos competencia de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, y como consecuencia del comienzo del periodo de adaptación a la Directiva 2009/138/CE , del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, sobre el seguro de vida, el acceso a la actividad de seguro y de reaseguro y su ejercicio (Directiva de Solvencia II) desde el 1 de enero de 2014, la normativa específicamente aplicable establece para las entidades aseguradoras y sus grupos consolidados la obligación de remitir diversa información a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para permitir la supervisión de su actividad.

Por otro lado, la disposición final primera del texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio , que se refiere a los mecanismos de coordinación con órganos o instituciones públicas con competencias de control o inspección, establece para los auditores de cuentas la obligación de remitir a las autoridades de supervisión el informe de auditoría de las cuentas anuales de las entidades sujetas a dicha supervisión cuando no tengan constancia fehaciente de que lo hayan hecho ellas mismas en el plazo que la normativa les concede para ello. En consecuencia, se hace necesario habilitar un procedimiento específico para la presentación telemática del informe de auditoría a remitir por los auditores cuando la autoridad de supervisión destinataria sea la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Además de lo anterior, se ha entendido oportuno que la identificación de los procedimientos, trámites y comunicaciones a que se refiere la presente Resolución se ajuste a las denominaciones que constan en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por lo que cada uno de ellos aparece, en la relación del anexo, con su respectivo código de identificación (SIA).

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición final primera de la Orden ECC/523/2013, de 26 de marzo , por la que se crea el Registro Electrónico del Ministerio de Economía y Competitividad, dispongo:

Apartado primero. Aprobación de nuevos procedimientos, trámites y comunicaciones específicos a incluir en el ámbito de aplicación de la Orden ECC/523/2013, de 26 de marzo , por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Ministerio de Economía y Competitividad.

Se aprueba la inclusión en el ámbito de aplicación de la Orden ECC/523/2013, de 26 de marzo , por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Ministerio de Economía y Competitividad de los siguientes nuevos procedimientos y trámites del ámbito de competencias de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones:

1. Remisión de la información de supervisión, estadístico y contable cuantitativa de entidades y grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras en Solvencia II.

2. Remisión de la información de supervisión, estadístico y contable cualitativa de entidades y grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras en Solvencia II.

3. Remisión del informe de la evaluación interna de los riesgos y de la solvencia de entidades y grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras en Solvencia II.

4. Remisión del informe de auditoría de las cuentas anuales de las entidades y grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras por los Auditores y Sociedades de Auditoría de Cuentas.

Apartado segundo. Publicación de la relación completa y actualizada de procedimientos, trámites y comunicaciones electrónicos en el ámbito específico de competencias de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

A efectos informativos, se publica, en el anexo a esta resolución, la relación completa y actualizada de procedimientos, trámites y comunicaciones electrónicos vigentes en el ámbito específico de competencias de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con la identificación (SIA) correspondiente a cada uno de ellos.

Apartado tercero. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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