Instituto de Educación Secundaria en Méntrida

 09/07/2014
 Compartir: 

Decreto 53/2014, de 03/07/2014, por el que se crea un Instituto de Educación Secundaria en Méntrida (Toledo) (DOCM de 8 de julio de 2014). Texto completo.

DECRETO 53/2014, DE 03/07/2014, POR EL QUE SE CREA UN INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA EN MÉNTRIDA (TOLEDO).

El análisis de los datos de escolarización y la consecuente previsión de necesidades para el próximo curso académico obligan a la toma de decisiones relacionadas con la planificación educativa de los centros públicos, al objeto de conseguir un mejor y más eficaz aprovechamiento de los recursos disponibles.

Las nuevas necesidades generadas por el aumento en la demanda de puestos escolares, tanto en enseñanzas obligatorias como postobligatorias, y la adecuación de la Red de Centros Públicos de Castilla-La Mancha para la mejora y el acercamiento de las prestaciones del servicio educativo público, justifican la creación de nuevos centros, de forma tal que se asegure la escolarización de los alumnos y que se incremente la calidad de la oferta educativa.

El estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por Ley Orgánica de 9/1982, de 10 de agosto , y reformado por las leyes Orgánicas 6/1991, de 13 de marzo, 7/1994, de 24 de marzo, y 3/1997, de 3 de julio, dispone en su artículo 37.1 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia en desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la Constitución Española.

El Real Decreto 1844/1999, de 3 de diciembre, reguló el traspaso de funciones y servicios en materia de educación no universitaria desde la Administración del Estado a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

En virtud de lo anterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación y en el artículo 2 del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por Real Decreto 83/1996, de 26 de enero , de conformidad con la Ley 11/2003, de 25 de septiembre , del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, con el informe favorable de la Consejería de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 3 de julio de 2014, Dispongo:

Artículo único. Creación de un Instituto de Educación Secundaria.

Se crea el Instituto de Educación Secundaria “Antonio Jiménez-Landi”, en Méntrida (Toledo), con código de centro 45011860, por transformación del Instituto de Educación Secundaria Obligatoria con misma denominación específica y código.

Disposiciones adicionales:

Primera. Nombramiento de Director.

La persona titular de los Servicios Periféricos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes correspondiente efectuará el nombramiento del Director, de acuerdo con lo establecido en el artículo 137 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Segunda. Constitución del Consejo Escolar.

La constitución del Consejo Escolar se realizará una vez se haya desarrollado el procedimiento de elección de representantes de los distintos sectores de la respectiva comunidad educativa, de acuerdo con la normativa vigente.

Disposición final. Entrada en vigor.

Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  9. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana