Cuestión de inconstitucionalidad n.º 2502-2014

 04/07/2014
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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 2502-2014, en relación con los apartados a) y b) de la regla 3.ª del núm. 1 de la disposición adicional séptima del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, por posible vulneración de los artículos 9.3 y 14 de la Constitución (BOE de 4 de julio de 2014). Texto completo.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 2502-2014, EN RELACIÓN CON LOS APARTADOS A) Y B) DE LA REGLA 3.ª DEL NÚM. 1 DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/1994, DE 20 DE JUNIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, POR POSIBLE VULNERACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 9.3 Y 14 DE LA CONSTITUCIÓN.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 24 de junio actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2502-2014 planteada por el Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, en los autos número 504/2011, en relación con los apartados a) y b) de la regla 3.ª del número 1 de la disposición adicional séptima del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, por posible vulneración de los artículos 9.3 y 14 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento, autos número 504/2011, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

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